Barreiro, Andrés Pedro s/ Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley en causa n° 72.827 del Tribunal de Casación Penal, Sala V
El imputado Andrés Pedro Barreiro interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la confirmación de su condena por homicidio criminis causae y robo agravado en grado de tentativa. La Corte, por mayoría, rechazó el recurso al entender que la valoración conjunta de testimonios, indicios y pericia balística justificó la convicción condenatoria y no se acreditó arbitrariedad ni vulneración de garantías procesales.
¿Quién es el actor?
Andrés Pedro Barreiro, a través de su defensor oficial adjunto.
¿A quién se demanda?
El Estado / Ministerio Público Fiscal y los magistrados que dictaron la sentencia penal confirmada.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por vulneración de garantías (debido proceso, derecho de defensa, doble instancia, principio in dubio pro reo) y, subsidiariamente, inconstitucionalidad de la pena de prisión perpetua; impugnación de la valoración probatoria (reconocimientos, indicios, calificación legal de homicidio criminis causae, y la pretensa extemporaneidad de agravios).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley con costas (art. 496, CPP). La mayoría consideró que la casación y la instancia de grado actuaron dentro de los márgenes del control de legalidad, valorando la prueba en conjunto y dando sólidas razones para confirmar la condena y la calificación legal aplicada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El tribunal tuvo a Andrés Pedro Barreiro como autor material del hecho descripto en base a las siguientes probanzas: el testimonio brindado por Margarita Amalia Olguín ... los reconocimientos efectuados por Olguín, tanto el realizado en diligencia en rueda de personas ... y el efectuado durante la audiencia del debate oral ... lo declarado por los testigos Olga Josefina Leiva y Jorge Ocaranza ... la pericia efectuada por la licenciada en Balística Eliana Mabel Cárbury ... el testimonio de Javier Baez ... y los dichos del propio Barreiro durante el debate ... A ello sumó que la prueba de que llevara consigo una bolsita descartable por una colostomía ... no obstaba a esa circunstancia porque pudo estar oculta por su pantalón, siendo además que tampoco le impedía actuar del modo en que lo hizo, ya que dos meses después fue detenido portando el arma de fuego usada en el hecho, lo que resultaba demostrativo..." (III.1).
"Los planteos no dejan de remitir al examen de aspectos de hecho y prueba y de índole procesal cuya apreciación constituye -por regla- una facultad que es propia de los jueces de la causa y exenta de esta instancia ... y no logran justificar que tales críticas pudieran repercutir en la validez de la prueba de testigos así integrada y en los términos en que fue ponderada, como tampoco que importe arbitrariedad ni un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista para el caso." (IV.1).
"Si bien es posible que numerosos indicios considerados cada uno individualmente no alcancen para probar la autoría, en su conjunto le pueden proporcionar al tribunal la convicción de la intervención y culpabilidad del acusado ... siendo de este tenor en definitiva lo acaecido en el caso." (IV.2).
Sobre la pena perpetua: "El tribunal intermedio expuso que esa faena, por ser una de las más delicadas de la función judicial, sólo procede como ultima ratio del orden jurídico ... y que la pena impuesta no resulta desproporcionada ni vulneratoria del principio de culpabilidad ... no implica un encierro de por vida ... deberán fijarse, eventual y oportunamente, el momento de su agotamiento." (IV.5).
¿Cómo votaron los jueces?
la sentencia fue acordada por los Dres. Soria, Genoud, de Lázzari y la Dra. Kogan, quienes "votaron por la negativa" al recurso, por los mismos fundamentos. El dispositivo final dispone el rechazo del recurso conforme al pronunciamiento de la Procuración General.
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