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Tribunal Superior

Alanis, Ruben Alberto contra Ministerio de Justicia. Pretensión anulatoria. Recurso Extraordinario Inapl. de Ley

El actor reclamó el restablecimiento del subsidio por incapacidad en acto de servicio derivado del accidente del 6 de abril de 2006. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, dejó sin efecto la sentencia de Cámara y confirmó el restablecimiento del subsidio conforme la sentencia de primera instancia por aplicación del decreto 861/99 al hecho generador.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
A-73657
Subsidio por incapacidad Acto de servicio Decreto 861/99 Decreto 149/10 Ley 13.985 Inaplicabilidad de ley Congruencia Denegatoria tacita Principio de irretroactividad Restitucion de derecho.

¿Quién es el actor?

Rubén Alberto Alanis.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Pretensión anulatoria frente a la denegatoria tácita y restablecimiento del pago del subsidio por incapacidad en acto de servicio (subsidio previsto en dec. 861/99) por el accidente del 6 de abril de 2006, con intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor; se dejó sin efecto la sentencia de la Cámara que rechazó la demanda y se restableció el derecho al subsidio conforme la sentencia de primera instancia (fs. 123/128 vta. y aclaratoria fs. 161/162 vta.). Costas a la demandada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El hecho que determinó y determina la concesión del beneficio fueron las heridas sufridas por el actor producto del accidente que le ocasionaran una incapacidad parcial y permanente. Ello tiene efecto declarativo y no constitutivo del derecho ... Por lo que corresponde aplicar al hecho ocurrido el decreto 861/99."

"La operatividad de la nueva normativa (art. 13.985 y su decreto reglamentario 149/10) por tanto, debe ser entendida para el futuro."

"De ello se desprende que la Cámara ha aplicado de forma errónea al caso el decreto 149/10 observando si en el caso se dan los requisitos exigidos por dicha norma, denegando el restablecimiento de su derecho al subsidio."

"Por lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso de inaplicabilidad de ley deducido por el actor y consecuentemente, dejar sin efecto la sentencia de Cámara y reconocer al señor Alanis el restablecimiento de su derecho al subsidio reclamado conforme a lo resuelto por la sentencia de primera instancia..."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Genoud, Negri y de Lázzari votaron por la afirmativa (poniendo fundamentos reproducidos en el voto que encabeza el acuerdo). El Dr. Soria adhirió por los mismos fundamentos y añadió la invocación del principio de buena fe administrativa. El acuerdo final resolvió por mayoría favorable el recurso.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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