Moviglia, Miguel Angel contra Provincia de Buenos Aires. Pretensión anulatoria. Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley
El actor reclamó la percepción de suplementos por desempeño de cargo de mayor jerarquía contra la Provincia de Buenos Aires. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y confirmó la sentencia de la Cámara que desestimó la pretensión por considerar que el decreto 2.198/05 no prevé la bonificación reclamada y fue dictado conforme a la habilitación legal vigente.
¿Quién es el actor?
Miguel Ángel Moviglia.
¿A quién se demanda?
Provincia de Buenos Aires (Servicio Penitenciario Bonaerense).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Anulación del acto administrativo que rechazó la solicitud de pago de suplementos por desempeño de cargo y funciones correspondientes a un cargo de mayor jerarquía; reconocimiento y pago de la bonificación por mayor jerarquía.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el actor y se confirmó la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo que había revocado la sentencia de primera instancia y desestimado la pretensión del actor en su totalidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Cámara revocó la sentencia de grado que hiciera lugar a la pretensión anulatoria deducida por el señor Miguel Ángel Moviglia contra la resolución del Ministro de Justicia Bonaerense por medio de la cual se rechazó su solicitud de pago de los suplementos por desempeño de cargo y funciones correspondientes al cargo de mayor jerarquía. Ello con sustento en que el referido concepto no estaba contemplado en el ordenamiento vigente."
"Dicho cambio normativo ya fue analizado en la causa 'Fittipaldi'... pues, por un lado, el suplemento en cuestión no se encuentra previsto y, por el otro, en este supuesto el actor no ha podido demostrar que su remuneración sufriera un menoscabo en su intangibilidad que merezca ponderación."
"La Cámara juzgó que la norma en cuestión, que regula aspectos de la política salarial del Servicio Penitenciario Bonaerense, fue dictada conforme la habilitación legal dispuesta por la ley de presupuesto del año 2004 -art. 23, que autoriza al Ejecutivo a adecuar las remuneraciones mensuales del personal dependiente de la Administración General de la provincia...- sin que se transgredan derechos reconocidos por la Constitución provincial (arts. 57, 144 inc. 2)."
"De tal modo, los argumentos traídos por el interesado no consiguen demostrar una errónea aplicación de la ley y, menos aún, logran válidamente afirmar que la sentencia no constituya una derivación razonada del derecho vigente... Finalmente deviene ineficaz la denuncia de violación de normas constitucionales que no resultan sino consecuencia de la infracción de preceptos legales que no ha sido demostrada."
"Por las razones expuestas, frente al incumplimiento de las cargas técnicas establecidas por el art. 279 del Código Procesal Civil y Comercial el recurso debe ser rechazado."
¿Cómo votaron los jueces?
Votaron por la negativa los jueces Negri, Kogan, Genoud y Soria; el acuerdo final rechazó el recurso y confirmó la sentencia de la Cámara. No consta disidencia de la mayoría.
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