JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

L. ,J. H. contra M. d. B. y o. D. y p.

El actor reclamó indemnización por daños y perjuicios por un accidente de trabajo que le ocasionó incapacidad del 65% de la total obrera. La Corte, por mayoría, hace lugar parcialmente al recurso extraordinario y revoca la sentencia en cuanto al monto de la indemnización, ordenando que el tribunal de grado vuelva a pronunciarse sobre la cuantía.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-119963
Accidente de trabajo Reparacion integral Quantum indemnizatorio Formula vuoto Dano moral Incapacidad 65% to Absurdo Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Remision al tribunal de grado Corte (suprema corte de la provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

L., J. H.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Berazategui y Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización integral por daños y perjuicios derivados de un accidente de trabajo (incapacidad y daño moral).

¿Qué se resolvió?

Por mayoría se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y se revocó la sentencia en cuanto a la determinación del importe de la indemnización por daños y perjuicios, con remisión al tribunal de grado para que dicte nuevo pronunciamiento sobre la cuantía. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Texto transcripto (párrafos relevantes del fallo, lenguaje original):

"Para así decidir, al brindar tratamiento al interrogante planteado en la tercera cuestión del veredicto, sostuvo el a quo que había resultado probado en la causa que el día 10 de abril de 2008, siendo las 14:00 hs., al encontrarse el actor podando un árbol con una motosierra sobre una pluma hidráulica montada en un vehículo automotor, una pesada rama impactó en el elevador provocándole su caída al suelo desde una altura aproximada a los cuatro metros, sufriendo múltiples traumatismos... que representa una incapacidad laboral actual, parcial y permanente (legalmente consolidada) del '65% de la TO', relacionada causalmente con el accidente de autos" (v. vered., cuarta cuestión, fs. 942 vta.)."

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y se revoca la sentencia impugnada en cuanto a la determinación del importe de la indemnización de daños y perjuicios. En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de grado para que, debidamente integrado, dicte el pronunciamiento que corresponda."

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La mayoría entendió que el tribunal de grado aplicó de modo mecánico la llamada "fórmula Vuoto" sin ponderar debidamente aspectos relevantes de la situación personal y laboral del actor (edad, proyección laboral, situación familiar, secuelas psíquicas y sociales), con lo que el cálculo resultó manifiestamente absurdo e incompatible con el principio de reparación integral (arts. 1.069 y 1.083 Cód. Civ.). En palabras del voto mayoritario: "la ecuación practicada por el tribunal, ceñida a reparar la pérdida de capacidad de ganancias... implicó desatender otros aspectos del menoscabo sufrido por aquél."

Asimismo se consideró que la fijación del daño moral como un 20% del daño material fue arbitraria y no respetó la independencia ni la adecuada ponderación del rubro extrapatrimonial: "la fijación del monto resarcitorio del daño moral en el exacto equivalente al 20% del determinado por la incapacidad, no sólo resulta incompatible con la doctrina... sino que también es tan exigua que la torna irrazonable."

El voto disidente (Pettigiani) sostuvo el rechazo del recurso por entender que no se acreditó el vicio de absurdo ni se denunció la infracción de las normas que rigen la reparación integral, y que la elección de método de cálculo y la valoración del quantum son facultades propias del juez de grado.

Si hubo votos en disidencia relevantes:

El Dr. Pettigiani votó por el rechazo del recurso, argumentando que no existía demostración del vicio extremo (absurdo) y que la determinación del quantum es privativa del juez de grado, además de señalar deficiencias técnicas en la impugnación (falta de denuncia de infracción de las normas aplicadas).

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.