Rodríguez, Ramón A. contra Municipalidad de Lomas de Zamora. Pretensión Anulatoria. Recurso de Inaplicabilidad de Ley
Reclamó el actor la nulidad del decreto municipal de cesantía por abandono de cargo y su reincorporación con pago de salarios caídos. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario por absurdo en la valoración probatoria, revocó el fallo de la Cámara y mantuvo la sentencia de primera instancia que ordenaba la reincorporación.
¿Quién es el actor?
Ramón Antonio Rodríguez, empleado municipal.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Lomas de Zamora.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Anulación del decreto municipal n.º 78/04 que ordenó su cesantía por supuesto abandono de cargo; reincorporación al municipio y pago de salarios caídos.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, revocó la sentencia de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo y confirmó la decisión de primera instancia que había hecho lugar a la demanda (reincorporación y salarios).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción (fragmentos relevantes del voto mayoritario — Dr. Genoud):
"En este sentido, respecto al absurdo, cuya emergencia resulta de una creación pretoriana de esta Suprema Corte, mediante la que se hace posible, en casos excepcionales, ingresar al examen de los hechos, a los fines del dictado de una sentencia más justa a tenor de las cuestiones controvertidas, el Tribunal ha sostenido invariablemente que no cualquier disentimiento con la sentencia del a quo autoriza a tenerlo por acreditado, así como tampoco es factible sustituir con su propio criterio el de los jueces de mérito ... Esa especificidad exige especialmente que en la decisión atacada se verifique un desvío notorio de las leyes de la lógica, mediante la interpretación groseramente errada del material probatorio aportado ... de manera que aquella trasunte claramente conclusiones inconciliables con las constancias objetivas de la causa."
"Al respecto, tal como lo esgrime el agraviado, la Cámara se limitó a dar por válida la notificación realizada al actor a un domicilio que conforme las constancias obrantes resultaba diferente al consignado en su legajo personal; notificación que conllevaba un emplazamiento para que aquel se presentará en la sede municipal a prestar tareas. ... Por un lado, las reiteradas presentaciones del actor solicitando a la Administración comunal la asignación de tareas ... Asimismo, resulta ilustrativa la anómala manera en que la demandada tramitó la medida expulsiva, toda vez que ella misma llegó a constatar, mediante un informe agregado a las actuaciones administrativas, que no existía registro de inasistencias del señor Rodríguez ... y si bien es cierto que el actor se presentó en días posteriores dando cuenta de haber tomado conocimiento de la notificación, lo hizo cuando ese emplazamiento, al que no puede atribuírsele ningún efecto, se encontraba agotado, reiterando el pedido de dación de tareas, con lo cual quedaba en claro su voluntad de atenerse a sus funciones como empleado municipal."
"De lo expuesto se desprende que, tal como ha sido planteado en el escrito, habiendo resuelto la Cámara actuante en violación de lo normado en el art. 384 del Código Procesal Civil y Comercial, así como aplicado erróneamente el art. 65 de la ley 11.757, entonces vigente, se encuentran configurados los supuestos previstos en el art. 279 del Código citado, por lo que propongo hacer lugar al recurso interpuesto y revocar la sentencia atacada (art. 289, CPCC)."
¿Cómo votaron los jueces?
"En primer lugar, no acierta su embate respecto de la recepción por su parte de la carta documento ... el judicante lo tuvo por probado a través de la nota que el mismo presentara con fecha 28 de enero de 2004, ingresada en expediente n° 4068-45896-R-04, dando cuenta del extremo. Siendo que el reconocimiento, si bien hecho fuera del proceso, fue realizado frente a la parte contraria por escrito ... nos encontramos frente a una confesión extrajudicial que obliga en el presente juicio como plena prueba."
¿Qué se resolvió?
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se hace lugar al recurso extraordinario promovido ... revocándose el fallo dictado por la Cámara de apelación ... y manteniéndose la decisión de primera instancia. Las costas de la instancia anterior se imponen a la demandada ... Costas de la presente a la vencida."
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Leyes que cita
- Ley 11.757 de Buenos Aires(derogada por ley 14656) estatuto para el personal de las municipalidades
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