SOTELO NELIDA SILVIA Y TORRES EDITH NORMA S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 54.072 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA II.-
Las imputadas Sotelo y Torres impugnaron la condena por homicidio calificado y lesiones leves, solicitando, entre otros extremos, la inconstitucionalidad de la prisión perpetua. La Corte hizo lugar parcialmente al recurso y declaró la extinción por prescripción de la acción penal respecto del delito de lesiones leves, rechazando por mayoría los demás planteos sobre la proporcionalidad e inconstitucionalidad de la prisión perpetua.
¿Quién es el actor?
Las imputadas y recurrentes Sotelo, Nélida Silvia y Torres, Edith Norma, por medio del defensor oficial.
¿A quién se demanda?
Estado (Ministerio Público / Provincia de Buenos Aires) a través de la persecución penal; impugnación de la sentencia condenatoria dictada por Tribunal en lo Criminal n.º 1 de Zárate-Campana y confirmada por Tribunal de Casación Penal, Sala II.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se interpone recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por: (i) planteo previo de prescripción de la acción penal por el delito de lesiones leves; (ii) agravio principal por violación de derechos (vida, principio de culpabilidad y proporcionalidad) y, en subsidio, petición de declaración de inconstitucionalidad de la prisión perpetua prevista en el art. 80 inc. 6° del Código Penal.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario declarando la extinción de la acción penal por prescripción respecto del delito de lesiones leves cometido el 16 de septiembre de 2010; se rechazaron por mayoría los demás agravios relativos a la proporcionalidad de la pena y la pretensión de declarar inconstitucional la prisión perpetua, con costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Desde el dictado de la sentencia de Casación del 12 de septiembre de 2013 transcurrió el plazo legal de dos años sin que desde entonces se haya producido otro acto procesal interruptivo de la prescripción ... Así, corresponde computar paralelamente la prescripción de la acción en el supuesto de concurso real -arts. 55 del mismo- conforme el régimen de la citada ley 25.990 vigente al momento del hecho ... En consecuencia, debe declararse la extinción de la acción penal por el delito de lesiones leves imputado en calidad de coautoras a Silvia Nélida Sotelo y Edith Norma Torres como cometido el 16 de septiembre de 2010."
"A contrario de lo postulado por la defensa, esta decisión no incide sobre la determinación de la pena para el homicidio calificado subsistente, por tratarse la prisión perpetua de una indivisible y la menos gravosa prevista para la figura agravada aplicada (art. 80, inc. 6, Cód. Penal)."
"Frente al desvalor del injusto que se aprecia en el caso concreto, el recurrente no se encarga de demostrar que la pena de prisión perpetua, sea inadecuada y desproporcionada."
"El Tribunal intermedio interpretó que se requería la inconstitucionalidad del art. 80 del Código Penal y desestimó esa posibilidad ... desechó que la prisión fuera verdaderamente vitalicia por la existencia de mecanismos legales propios de la progresividad de las penas ... 'por fuera de vincularse su alcance y naturaleza con la gravedad de los hechos cometidos en contra del bien jurídico protegido y con ello, con las especiales características del hecho, lo cierto es que las legislaciones nacional y provincial en la materia, prevén diversos institutos que -a todo evento- en un futuro posibilitarían a las imputadas a reintegrarse a la vida en libertad (tal como la libertad condicional, u otros, de conformidad con las características personales que presentan las mismas)'."
Sobre la declaración de inconstitucionalidad: "la declaración de inconstitucionalidad de un precepto de jerarquía legal constituye la más delicada de las funciones ... no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca al derecho o la garantía constitucional invocados ... si el recurrente no demuestra cuál es el alcance de sus derechos y por qué razones cree que lo actuado por el legislador es incorrecto, no cabe atenderlo."
¿Cómo votaron los jueces?
Votaron parcialmente por la afirmativa (haciendo lugar al planteo de prescripción) los jueces De Lázzari, Genoud, Soria y Kogan; el juez Negri adhirió al voto que abre el acuerdo. La decisión mayoritaria declaró la extinción por prescripción y rechazó los demás agravios.
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Leyes que cita
- Ley 25.990Codigo penal
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