JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Sáez, Cecilia Verónica contra Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y otro. Accidente de trabajo.

La actora reclamó reparación tarifada por secuelas derivadas de un accidente de trabajo in itinere. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario y revocó la aplicación de las prescripciones de la ley 26.773 por su inaplicabilidad al caso, ordenando nueva liquidación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-119872
Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Ley 26.773 Vigencia temporal / retroactividad Ley 24.557 (regimen de riesgos del trabajo) Ripte Indemnizacion por incapacidad Intereses (tasa pasiva banco provincia Banca internet provincia) Inconstitucionalidad (mencion ley 14.399) Nueva liquidacion Accidente in itinere (18-09-2009) Monto y fechas relevantes incluidos en el analisis: Fecha del accidente: 18 de septiembre de 2009. Valor minimo mencionado por normativa/resolucion secretaria de seguridad social 28/15: $841.856. Calculo judiciales citados en la causa: $32.146 (segun decreto 1.694/09) y $127.693 20 (resultado con aplicacion de ley 26.773 Segun fs.).

¿Quién es el actor?

Sáez, Cecilia Verónica.

¿A quién se demanda?

Gobierno de la Provincia de Buenos Aires (Provincia de Buenos Aires).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización tarifada prevista por la ley 24.557 y modificatorias (art. 14 apartado 2 inc. "a") por incapacidad laboral parcial, permanente y definitiva derivada de un accidente de trabajo in itinere ocurrido el 18 de septiembre de 2009; además se reclamó aplicación de ajustes y prestaciones previstos en la ley 26.773 (RIPTE y pago único adicional) y intereses.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Suprema Corte hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Provincia y revoca la sentencia en cuanto aplicó las prescripciones de la ley 26.773, declarando su inaplicabilidad al caso por razón temporal; ordena remitir los autos al tribunal de origen para nueva liquidación. Mantiene otros puntos tal como quedó firme y confirmó que la tasa de interés aplicada por el juez de primera instancia fue la pasiva del Banco Provincia (Banca Internet Provincia) y rechaza el agravio en ese aspecto.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría de fundamentos, se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y se revoca la sentencia impugnada en cuanto aplicó las prescripciones de la ley 26.773, cuya inaplicabilidad en el caso se declara. En consecuencia, se remiten los autos al tribunal de origen para que practique nueva liquidación, con arreglo a lo que aquí se decide."

"En consecuencia, teniendo en cuenta que a la fecha de ocurrencia del infortunio laboral -esto es el 18 de septiembre de 2009- no se encontraba vigente la ley 26.773 (B.O., 26-X-2012), asiste razón al recurrente en cuanto postula que sus disposiciones no resultan aplicables al caso, por lo que cabe casar la sentencia en este aspecto."

"La insuficiencia de tal prestación -aún parcialmente insatisfecha-, fue expresamente asumida por el Poder Ejecutivo en el mensaje elevado al Honorable Congreso de la Nación ... concluyendo que con las reformas impulsadas (hoy concretadas en la ley 26.773) se pretendió avanzar '...en una respuesta legal que supere los factores más controvertidos del sistema presente, con el fin de instalar un régimen reparatorio que brinde prestaciones plenas, accesibles y automáticas...'."

"En cambio, juzgo que no puede prosperar la pretensión de cobro de la indemnización adicional de pago único a la que alude el art. 3 de la ley 26.773, toda vez que tal resarcimiento ha sido incorporado como compensación por un régimen legal, que conforme lo expuse líneas arriba, resulta aplicable a las contingencias que se produzcan con posterioridad a su fecha de entrada en vigencia."

"De modo liminar, corresponde señalar que el juzgador de origen dispuso previa declaración de inconstitucionalidad de la ley 14.399, la aplicación de la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en las operaciones de depósito a treinta días a través del sistema 'Banca Internet Provincia'... Así las cosas, el recurso debe ser rechazado sin más atento el ostensible desencuentro entre los agravios desplegados ... y el fallo recurrido, que dispuso aplicar la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires ..."

¿Cómo votaron los jueces?

La decisión fue adoptada por mayoría (votos coincidentes de Pettigiani, de Lázzari, Genoud y Soria, con fundamentos extensos del Dr. Negri que hacen lugar parcialmente al recurso pero por fundamentos que difieren en parte del voto de otros). No se registra voto en disidencia que haya cambiado el resultado final del bloque dispositivo.

Leyes que cita

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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