JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Ferenza, Elena Catalina contra Provincia de Buenos Aires (Dirección de Vialidad). Demanda contencioso administrativa.

La actora reclamó el reintegro de gastos médicos (prótesis e insumos) por accidente de trabajo in itinere. La Corte rechazó la demanda, sosteniendo que la actora optó por el régimen especial de la ley 24.028 (art.16) y percibió indemnización en sede laboral, lo que implica renuncia al reclamo bajo otro régimen.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
B-66332
Contencioso administrativo Accidente de trabajo in itinere Ley 24.028 Art. 16 (exclusividad de regimenes) Reintegro de gastos medicos Indemnizacion laboral Tribunal del trabajo n?4 Renuncia tacita Monto $70.387 50 Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Elena Catalina Ferenza.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires, Dirección de Vialidad.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

anulación de resoluciones administrativas que denegaron el reintegro de gastos médicos (prótesis, anteojos, fisioterapia, alquiler de silla de ruedas, sesiones de rehabilitación, etc.) derivados del accidente de trabajo in itinere del 3-5-1995, y reconocimiento/pago de esos gastos con actualización, intereses y costas (art. 10 ley 24.028).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la demanda. La Corte sostuvo que la actora optó por la vía especial de la ley 24.028, obtuvo indemnización en sede laboral (Tribunal del Trabajo n°4) y, conforme art. 16 de la ley 24.028, esa opción importa la renuncia al ejercicio de las acciones y derechos que pudieran caber por otra vía; además la sentencia laboral rechazó la provisión de prótesis por falta de prueba entonces existente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, conforme surge del pronunciamiento recaído en sede laboral (v. fs. 171/177, expediente 3.427, agregado como prueba documental a esta causa), el Tribunal del Trabajo n° 4 del Departamento Judicial de La Plata hizo lugar a la demanda incoada por Elena Catalina Ferenza contra la Provincia de Buenos Aires '...por indemnización por incapacidad derivada de accidente in itinere (arts. 1, 3, 8 y 9 de la ley 24.028)...' y condenó a la demandada a abonarle la suma de $70.387,50, con más intereses (v. fs. 176/177)."

"La norma establecía en forma categórica -respecto de la relación entre el sistema de responsabilidad especial creado por la ley 24.028 y el generado en el derecho civil- que '...ambos sistemas de responsabilidad son excluyentes y la iniciación de una acción judicial o la percepción de cualquier suma de dinero en virtud de uno de ellos, importa la renuncia al ejercicio de las acciones y derechos y al reclamo de las indemnizaciones que pudieran corresponderle en virtud del otro' (art. 16)."

"Frente a tales pautas, acreditado que la señora Ferenza aceptó los lineamientos y limitaciones contempladas en la ley especial, resulta indebida la pretensión incoada... Por las razones expuestas, entiendo que la demanda debe ser rechazada. Voto por la negativa."

¿Cómo votaron los jueces?

Los Dres. Negri, Pettigiani, Genoud y De Lázzari votaron por la negativa (rechazo). El bloque dispositivo final rechaza la demanda; no hay disidencia relevante.

Leyes que cita

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