JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Arias Saisi, Raúl Gervasio c/ Provincia de Buenos Aires (H. Trib. Cuentas) s/ D.C.A.

El actor promovió demanda contencioso-administrativa contra el Tribunal de Cuentas por cargo patrimonial derivado del exceso en la ejecución presupuestaria de 1989 por refinanciaciones a cooperativas. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente a la demanda, anuló en lo pertinente la decisión del Tribunal de Cuentas y devolvió las actuaciones para que emita nueva decisión ajustada a derecho, por insuficiente motivación y falta de valoración de circunstancias excepcionales.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
B-55173
Contencioso administrativo Tribunal de cuentas Responsabilidad patrimonial Exceso de ejecucion presupuestaria Refinanciacion cooperativas Motivacion administrativa Convalidacion ad referendum Ley 10.869 Credito b.i.d. Anulacion parcial de acto administrativo

¿Quién es el actor?

Raúl Gervasio Arias Saisi, ex Presidente del Consejo de Administración del Servicio Provincial de Agua Potable y Saneamiento Rural (S.P.A.R.).

¿A quién se demanda?

Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación de la resolución del 15-7-1992 que le formuló cargo patrimonial por el ejercicio 1989 (expedientes "S" 9504/89 y 2419-3275/89) y del rechazo del recurso de revisión (24-2-1993).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se anuló en lo pertinente el acto administrativo impugnado y se devolvieron las actuaciones al Tribunal de Cuentas para que emita nueva decisión ajustada a derecho en 60 días. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"De lo expuesto resulta evidente que el órgano de control omitió hacer mérito de las especiales circunstancias alegadas por el demandante y valorar que tanto la Asesoría General de Gobierno, como la Contaduría General y la Fiscalía de Estado, se expidieron en sentido favorable a que el presidente del S.P.A.R. suscribiera el convenio respectivo, ello ad referéndum de su aprobación por el Poder Ejecutivo (v. fs. 69/71 expte. adm.). No tuvo en cuenta, a su vez, que lo actuado en el marco del refinanciamiento de las deudas derivadas del crédito B.I.D. -que culminó con el dictado de la resolución adoptada por el S.P.A.R que acogió las propuestas formuladas por las cooperativas-, fue convalidado por el subsecretario de Servicios públicos del Ministerio de Obras y Servicios Públicos de la Provincia y por el Ministro de la cartera mencionada (v. fs. 52 del expediente 2419-3275/89.)."

"Por tal razón entiendo que el accionar de la accionada, al no haber ponderado adecuadamente las circunstancias aducidas por el actor ni haber fundado de manera suficiente su decisión resulta descalificable por evidenciar una motivación aparente... La opción por la aplicación de la máxima sanción cuando en atención a la amplitud del régimen establecido en el art. 16 de la ley 10.869, puede adoptarse otra menor -de naturaleza correctiva, no pecuniaria- debe ser acompañada de una suficiente motivación que justifique la razonabilidad de la decisión. Tal recaudo no puede estar ausente cuando, como en la especie, la decisión implica afectar el patrimonio del interesado."

"Por las razones expuestas, corresponde hacer lugar parcialmente a la demanda interpuesta y anular en lo pertinente el acto administrativo impugnado, devolviendo las actuaciones al Honorable Tribunal de Cuentas a fin de que emita una nueva decisión ajustada a derecho, dentro del plazo de sesenta días (art. 163, Const. prov.)."

¿Cómo votaron los jueces?

Los jueces Negri y De Lázzari (votos extensos) explican la insuficiente motivación del Tribunal de Cuentas y la relevancia de las circunstancias económicas y administrativas (convalidaciones y dictámenes favorables de otros organismos). Los doctores Soria, Genoud y la Dra. Kogan adhieren al voto del Dr. Negri. La decisión final se expide por mayoría conforme al texto del dispositivo.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.