JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

García, Marta Ofelia c/ Municipalidad de General San Martín. Demanda contencioso administrativa.

La actora reclamó la nulidad de los decretos municipales que la reclasificaron en una categoría inferior y el pago de diferencias salariales. La Suprema Corte hizo lugar parcialmente: anuló la reclasificación, ordenó su reintegro a la categoría Administrativa Clase A y condenó al municipio al pago de las diferencias salariales con intereses, pero rechazó la pretensión indemnizatoria por daños y perjuicios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
B-63799
Contencioso administrativo Reclasificacion salarial Nulidad de actos administrativos Motivacion administrativa Intereses (tasa pasiva banco provincia) Derechos del personal municipal Ius variandi / regimen horario Indemnizacion por danos (rechazada) Decreto municipal 1.210/00 Decreto 84/02 Principio nominalista (actualizacion monetaria prohibida)

¿Quién es el actor?

Marta Ofelia García.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de General San Martín.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación de los decretos 1.210/00 y 84/02 (y actos en consecuencia), reencasillamiento en la categoría previa (Administrativa Clase A con 44 horas), pago de las diferencias salariales con intereses y reparación por daños y perjuicios; imposición de costas a la Municipalidad.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar parcialmente a la demanda: se anula la reclasificación y se condena al municipio a reintegrar retroactivamente a la Sra. García a la categoría Administrativa Clase A y a abonarle las diferencias salariales generadas desde la modificación hasta el 1-6-2014; intereses calculados sobre el capital según la tasa pasiva más alta del Banco Provincia; se rechazó la pretensión indemnizatoria por falta de prueba del daño.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se hace lugar parcialmente a la demanda interpuesta y se condena a la Municipalidad de General San Martín a reintegrar con retroactividad a la señora Marta Ofelia García a la categoría Administrativa Clase A y a abonarle las diferencias salariales generadas por tal recategorización, desde la fecha en que ella fue modificada y hasta el 1 de junio de 2014 en que obtuvo la categoría pretendida."

"Tiene dicho esta Suprema Corte que el deber de motivación constituye una elemental condición para la real vigencia del principio de legalidad en la actuación de los órganos estatales, y de su cumplimiento depende que el administrado pueda conocer de una manera efectiva y expresa los antecedentes y razones que justifiquen el dictado del acto (doctr. causas B. 64.453, 'Otero', sent. de 28-XII-2016 y B. 64.026, 'Morera', sent. de 20-XI-2013)."

"En efecto: en la causa B. 49.193 bis citada, se han vertido conclusiones que me permito aquí reproducir: 'La modificación introducida por la ley 25.561 a la ley 23.928 mantuvo la redacción del art. 7° de ésta, en el que sólo cambió el término 'australes' por 'pesos', estableciendo que el deudor de una obligación de dar una suma determinada de pesos cumple su obligación dando el día de su vencimiento la cantidad nominalmente expresada y que en ningún caso se admitirá actualización monetaria, indexación por precios, variación de costos o repotenciación de deudas, cualquiera fuere su causa, y además ratificó la derogación dispuesta por su art. 10, con efecto a partir del 1° de abril de 1991, de todas las normas legales o reglamentarias que establecen o autoricen la indexación por precios, actualización monetaria, variación de costos o cualquier otra forma de repotenciación de deudas, impuestos, precios o tarifas de los bienes, obras o servicios'."

"Antes bien, la actividad probatoria desplegada se dirigió exclusivamente a demostrar los extremos que sustentan el acogimiento de la pretensión nulificante y de restitución a la categoría salarial de la accionante... No existe, en autos, una concreta especificación, ni mucho menos una acreditación, de los determinados perjuicios materiales cuya reparación se pretende, ni resulta claro el nexo causal con la disminución salarial."

¿Cómo votaron los jueces?

afirmativos en cuanto a la nulidad y restitución de la categoría y pago de diferencias salariales; negativos respecto del pedido de daños y perjuicios por falta de prueba. El dispositivo final consigna la solución de la mayoría.

Leyes que cita

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