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Tribunal Superior

BELLEGIA ENRIQUE JOSE S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 1484 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA I

El imputado recurrió por inaplicabilidad de ley buscando la nulidad de pruebas, la absolución y/o la extinción de la acción penal por dilaciones. La Suprema Corte declaró prescrita la acción por homicidio simple y, en consecuencia, hizo lugar parcialmente al recurso, rechazando los demás planteos y devolviendo la causa para individualizar la pena por el homicidio calificado.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-124929
Prescripcion Ley 25.990 Homicidio simple (art. 79 cp) Homicidio calificado (art. 80 inc.7 cp) Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Inadmision de agravios Prueba penal Preclusion Remision para mensura de pena Suprema corte (provincia de buenos aires)

¿Quién es el actor?

Enrique José Bellegia, por intermedio de su defensor particular, doctor Juan José Martínez.

¿A quién se demanda?

Se impugna la sentencia de la Sala Primera del Tribunal de Casación Penal que rechazó el recurso de casación y confirmó la condena de primera instancia.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley reclamando (i) la revisión por arbitrariedad/absurdo de la valoración y admisión de ciertas pruebas (manifestaciones ante la policía y diligencia de fs. 72/73) y nulidad de los secuestros derivados; (ii) la absolución por inexistencia de prueba válida; (iii) alternativamente la extinción de la acción penal por transgresión del plazo razonable o por prescripción según la ley 25.990.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario y declaró de oficio la prescripción de la acción penal respecto del delito de homicidio simple (art. 79 CP). Se rechazaron por mayoría los demás planteos de la defensa (incluida la impugnación de admisión de prueba y el pedido de absolución). Se remitieron los autos a la instancia de origen para que individualicen la sanción por el delito subsistente de homicidio calificado (art. 80 inc. 7 CP).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, abierta la competencia de esta Corte por el recurso de inaplicabilidad de ley traído a estudio, corresponde declarar de oficio la prescripción del delito previsto en el art. 79 del Código Penal (víctima Pablo Santiago del Pórtico) por el cual Enrique José Bellegia viene condenado junto con otro ilícito, en concurso real (arts. 2, 55, 59 inc. 3, 62 inc. 2, 67 seg. ley 25.990 y 79, todos del Código Penal)."

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, de conformidad con lo dictaminado por el señor Subprocurador General, se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley incoado por la defensa particular y se declara la extinción de la acción penal por prescripción respecto del imputado Enrique José Bellegia, en orden al delito de homicidio simple por el que venía condenado junto a otro ilícito (arts. 2, 62 inc. 2, 67 cuarto párrafo inc. 'e' -según ley 25.990- y 79, todos del Cód. Penal)."

"Asimismo, y por mayoría de fundamentos, se rechazan los demás planteos deducidos por el doctor Juan José Martínez en el recurso en trato, con costas, y se remiten los autos a la instancia de origen a fin de que se proceda a graduar la pena a imponer al procesado Enrique José Bellegia en relación con el restante delito materia de condena y las circunstancias de mensuración punitivas en su momento ponderadas (arts. 40 y 41, Cód. Penal y 496, CPP)."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto que abre el acuerdo (Genoud) propuso declarar la prescripción del homicidio simple y devolver la causa para individualizar la sanción por el homicidio calificado; adhirieron Soria, de Lázzari y Kogan; Pettigiani acompañó parcialmente la solución. Por mayoría se adoptó la declaración de prescripción y el rechazo del resto de los agravios.

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