Amarilla, Patricia Noemí contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Accidente de trabajo - Acción especial.
La actora promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando prestaciones por incapacidad y indemnización. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario deducido por el Fisco provincial, confirmó la declaración de condena y la inaplicabilidad del tope indemnizatorio en los términos apreciados por el tribunal de origen y avaló la aplicación de la tasa pasiva BIP para el cómputo de intereses.
¿Quién es el actor?
Patricia Noemí Amarilla.
¿A quién se demanda?
Fisco de la Provincia de Buenos Aires.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción especial por accidente de trabajo por hernia de disco (L4-L5 y L5-S1) y pago de la prestación dineraria prevista en el art. 14 apartado 2 inc. "a" de la ley 24.557, más intereses.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Fiscalía de Estado contra la sentencia que hizo lugar a la demanda; se confirmó la condena al Fisco provincial en los términos impugnados por el recurrente y se confirmó asimismo la aplicación de la tasa pasiva variante "Banca Internet Provincia" (BIP) para el cálculo de intereses. Se impusieron costas al recurrente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Para así decidir, tuvo por acreditado que, a raíz del accidente sufrido el día 14 de septiembre de 2007, mientras realizaba las tareas habituales encomendadas por su empleador, sufrió una hernia de disco del raquis inferior L4-L5 y L5-S1 producida por deterioro del disco intervertebral, por acción traumática, que la incapacita en un 31,84% del índice de la total obrera, incluidos los factores de ponderación... De ese modo, la indemnización por la que progresó la demanda -conforme las pautas determinadas- ascendió a $91.299,75 (v. sent., fs. 336/340)."
"El recurso no prospera... Tampoco prospera la crítica orientada a desactivar la declaración de inconstitucionalidad del tope indemnizatorio previsto en el art. 14 apartado 2 inc. 'a' de la ley 24.557 (texto según decreto 1.278/00). Ello es así, por cuanto la lectura del recurso evidencia que el interesado no se ha detenido a controvertir con precisión los motivos expuestos por aquél para fundar el pronunciamiento."
"Finalmente, tampoco puede prosperar el agravio referido a la tasa a la que se calcularán los intereses devengados -pasiva, en su variante BIP-. ... Me atengo a la referida doctrina legal, sentada en las citadas causas, y propongo el consecuente rechazo del remedio traído."
¿Cómo votaron los jueces?
Conforme a la regla de mayoría, el acuerdo por mayoría rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la Fiscalía de Estado y confirmó lo dispuesto por el tribunal de origen en cuanto a condena y cálculo de intereses.
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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