JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

AGUILAR, VICTOR HUGO S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA Nº 65591 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA VI .-

El defensor oficial interpuso recurso extraordinario denunciando la falta de fundamentación del monto de la pena impuesta por aplicación de los arts. 40 y 41 del Código Penal. La Suprema Corte rechazó el recurso y confirmó que la Sala VI de Casación motivó suficientemente la reducción de la pena y que la dosimetría penal no exige un régimen matemático ni un punto de ingreso fijo a la escala.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-126117
Recurso extraordinario Dosimetria Arts. 40 y 41 cp Fundamentacion de la pena Arbitrariedad Casacion parcial Garantia de bilateralidad Art. 495 cpp Condena 14 anos Rechazo del recurso.

¿Quién es el actor?

El defensor oficial en representación de Víctor Hugo Aguilar.

¿A quién se demanda?

Tribunal de Casación Penal, Sala VI (resolución recurrida que fijó la pena).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se denuncia la errónea aplicación de los arts. 40 y 41 del Código Penal y la insuficiente fundamentación del monto de la pena (fijada en 14 años tras casar parcialmente la sentencia originaria), con violación de los arts. 106 y 210 del C.P.P., art. 171 de la Constitución provincial y arts. 1, 18 y 75 inc. 22 de la Constitución Nacional.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario por improcedente, entendiendo que la Sala VI motivó adecuadamente la quita de dos agravantes y la fijación de catorce años de prisión y que la crítica del recurrente no supera el disenso valorativo propio de la función de los jueces de mérito.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Si bien los arts. 40 y 41 del Código Penal regulan las circunstancias en base a las que luego deben dosificarse las penas divisibles en razón del tiempo o de la cantidad, lo cierto es que no contiene una regla o sistema que determine el modo en que debe concretarse su cuantificación dentro de las escalas legales, por lo que esa forma de recurrir se devela ineficaz para conmover lo decidido (causa P. 110.814, sent. de 4-V-2011)."

"La sentencia impugnada cuenta con fundamentación suficiente para ponerla a salvo de la tacha alegada, pues, en todo caso, la discrepancia se traduciría en la incidencia que la desaplicación de las agravantes ponderadas debió tener en la determinación de la sanción, asunto que, por vincularse con el ejercicio por parte de los magistrados de sus facultades para graduar las sanciones dentro de los límites ofrecidos para ello por las leyes respectivas involucra ... cuestiones de hecho, prueba y derecho común, propias de los jueces de la causa y ajenas, por regla, al ámbito de la apelación federal extraordinaria."

"En virtud de lo reseñado, se advierte que el embate traído se sustenta sólo en una visión diferente sobre la manera en cómo debe efectuarse el proceso de determinación judicial de la pena... El mero disenso, o la señalización de pareceres diversos no importan un medio de cuestionamiento idóneo, desde el ángulo de la técnica del carril impetrado (art. 495, CPP)."

También se reproduce la motivación del tribunal de alzada sobre las agravantes eliminadas: "...halló cuestionadas la totalidad de las agravantes endilgadas, adunado que a una de ellas se le atribuye haber violentado el principio‑garantía de contradicción procesal..." y que respecto del aprovechamiento de un rodado "en nada aporta a un mayor contenido del injusto", así como que la agravante "pluralidad de intervinientes" no fue introducida al debate por el ministerio público.

¿Cómo votaron los jueces?

Votaron por la negativa De Lázzari (voto base), Negri, Pettigiani y Genoud; se rechazó el recurso por mayoría.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.