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Tribunal Superior

ALTUVE, CARLOS ARTURO (FISCAL) S/ RECURSO DE QUEJA EN CAUSA N° 64.967 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA V, SEGUIDA A HERRERA, JESICA BEATRIZ.-

El fiscal impugnó la casación que rebajó la calificación penal de tentativa de homicidio a abuso de armas. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario por falta de motivación y arbitrariedad del fallo de Casación, revocó aquel pronunciamiento y restableció la condena por homicidio en grado de tentativa (6 años y 6 meses).

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
P-128148
Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Arbitrariedad Falta de motivacion Tentativa de homicidio Abuso de armas Valoracion probatoria Casacion Restablecimiento de condena Pena 6 anos 6 meses.

¿Quién es el actor?

Carlos Arturo Altuve, fiscal ante el Tribunal de Casación Penal.

¿A quién se demanda?

Jésica Beatriz Herrera.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se impugna la decisión de la Sala Sexta del Tribunal de Casación Penal que casó parcialmente la sentencia originaria, reclasificando el hecho de tentativa de homicidio a abuso de armas (art. 104 CP) y fijando pena en tres años de prisión en suspenso; se ejerció recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley por supuesto vicio de arbitrariedad y falta de motivación en la valoración probatoria.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario, revocó el pronunciamiento de Casación (fs. 148/155) por arbitrariedad y restableció la calificación y la pena impuestas en primera instancia: Jésica Beatriz Herrera condenada a seis años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas como autora de homicidio simple en grado de tentativa (arts. 42 y 79 CP).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La reseña practicada sobre la forma en que el tribunal revisor consideró que no se encontraba probado con certeza que la nombrada no tuviera la intención de matar en el hecho en cuestión, lleva a darle razón al fiscal en cuanto denuncia que el fallo es arbitrario por inmotivado, toda vez que para apartarse de lo decidido en la instancia de juicio, la casación no procedió a la consideración integral y armónica de todos los elementos en juego en una totalidad hermenéutica probatoria, sino que fundó su convicción en un análisis fragmentado de las probanzas valoradas en el proceso. Y de este modo se privó arbitrariamente a la sentencia de su carácter de acto complejo (causa P. 90.207, sent. de 19-IX-2007)."

"Para resolver del modo en que lo hizo, el tribunal casatorio acudió a argumentos que, tal como lo señala el impugnante, constituyen afirmaciones dogmáticas sin anclaje en las constancias comprobadas de la causa, lo que hace que el fallo exhiba una motivación tan sólo aparente. Ello se colige a partir de la consideración, por parte del a quo, de que los disparos se habían producido en el contexto de '...una discusión de pareja' (cuando según lo expuesto por el testigo Lucena la relación había concluido unos dos años antes del hecho) y al tener en cuenta la cualidad especial de Herrera en tanto su condición de integrante de una fuerza de seguridad (cuando no resulta un hecho probado que efectivamente poseyera habilidad para el disparo); lo mismo al omitir pronunciarse sobre el hecho de que el vehículo en el que se trasladaban las víctimas se encontraba en movimiento al momento de los disparos, circunstancia que resultaba esencial para la correcta solución del caso."

"Por lo expuesto, corresponde, por consiguiente, restablecer la calificación legal y la pena aplicada en primera instancia, quedando Jésica Beatriz Herrera condenada a la pena de seis años y seis meses de prisión, accesorias legales y costas como autora del delito de homicidio simple en grado de tentativa (arts. 79 y 42, Cód. Penal)."

Citas textuales relevantes incluidas en los fundamentos: "la casación no procedió a la consideración integral y armónica de todos los elementos en juego en una totalidad hermenéutica probatoria", "afirmaciones dogmáticas", "motivación tan sólo aparente", y la conclusión dispositiva de restablecer la condena de seis años y seis meses por tentativa de homicidio.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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