Orte, Luis contra BBVA Banco Francés S.A. y Buschiazzo, Rubén Marcelo. Daños y perjuicios
El actor demandó por daños y perjuicios por la sustracción de u$s134.500 de su caja de seguridad. La Corte hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara respecto de la responsabilidad de Buschiazzo, por entender que la absolución penal fundada en la inexistencia del hecho exonera al demandado en sede civil.
¿Quién es el actor?
Luis Orte.
¿A quién se demanda?
BBVA Banco Francés S.A. y Rubén Marcelo Buschiazzo.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por la desaparición de u$s134.500 depositados en una caja de seguridad de la sucursal La Lucila del banco (hurto denunciado con fecha del hecho 5-11-2002).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por Buschiazzo y se revocó la sentencia apelada en lo atinente a su responsabilidad, manteniéndose lo decidido en primera instancia respecto del banco. Se impusieron las costas a la actora vencida.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En efecto, tal como fuera destacado por la magistrada de origen (v. fs. 667 vta./668 vta.), el juicio penal culminó con el dictado de veredicto absolutorio respecto del aquí demandado Rubén Marcelo Buschiazzo, con fundamento en no haberse probado la existencia del hecho en su exteriorización. Allí se dispuso que las '...graves falencias instructorias, imposibilitantes de la obtención de rastro alguno que adquiera independencia de la cuestionada y puesta en tela de juicio filmación, dejan solo en el terreno de la hipótesis, lo que en este estadio exige una certeza incontrastable, del modo y medio comisivo, para una vez ello enmarcado llegar a su autor o autores, dando el "plan sceleris" igualmente no demostrado...(sic)'; (fs. 486, causa 'Buschiazzo, Rubén Marcelo s/ hurto calificado', Tribunal en lo Criminal n° 4 del Departamento Judicial de San Isidro, agregado a las presentes y fs. 950 vta.)."
"Como puede observarse la absolución fue impuesta 'por no haber superado el primer interrogante de estos que conforman el plexo procesal de la exteriorización material del evento sub examen' (fs. 486 vta. exp. punitivo). Ello lleva, en la apreciación de la responsabilidad civil, a considerar que el evento dañoso no ha existido, lo que exonera al demandado Rubén Marcelo Buschiazzo de responder por los daños y perjuicios aquí reclamados."
"Ha expresado esta Corte en reiteradas oportunidades que cuando la absolución del acusado o el sobreseimiento definitivo se funda: 1) en la inexistencia del hecho principal que se le atribuye o 2) en la ausencia de autoría -que es otra manera de no existir el hecho con respecto al imputado-, ese pronunciamiento no puede ser revisado en la instancia civil (conf. causas C. 105.694, 'A., I.N.', sent. de 14-III-2012; C. 116.715, 'Villalba', sent. de 10-VI-2015; e.o.)."
Bloque dispositivo final (decisión de la mayoría):
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se hace lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto y, en consecuencia, se revoca la sentencia apelada en lo atinente a la responsabilidad del accionado Buschiazzo, manteniéndose lo decidido en primera instancia. Las costas se imponen a la actora vencida (conf. arts. 68 y 289, CPCC). El depósito previo efectuado (v. fs. 1051) deberá restituirse al interesado (art. 293, Cód. cit.). Regístrese, notifíquese y devuélvase."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.