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Tribunal Superior

Avalos, Andrea V. contra OVIAR S.A. .Incidente de extensión de responsabilidad en autos Avalos Andrea V.E. contra OVIAR S.A. s/despido, preaviso, etc, Expte N° 3241.

La actora promovió incidente de extensión de responsabilidad para hacer extensiva la condena contra OVIAR S.A. a Constructora Roca S.R.L. y sus socios por presunto vaciamiento. La Suprema Corte revocó la orden de disolución y la condena a los socios, extendió solidariamente la condena a Constructora Roca S.R.L. (arts. 225/228 LCT) y casó la regulación de costas/honorarios por exceder el tope legal.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-115743
Incidente de ejecucion Extension de responsabilidad Transferencia de establecimiento Arts. 225/228 lct Principio de congruencia Disolucion societaria (art. 18/19 ley 19.550) Cosa juzgada Costas y honorarios (art. 277 lct / art. 505 cc) Presuncion por ocultamiento de prueba Vaciamiento societario Nota: fechas y hechos relevantes consignados en el fallo: acuerdo de sentencia 11-04-2018 Diligenciamiento de embargo 23-11-2001 Inicio del incidente 14-10-2003 Sentencia principal en mayo de 2001 (constancias del expediente).

¿Quién es el actor?

Andrea V. Avalos, acreedora de una condena laboral contra OVIAR S.A.

¿A quién se demanda?

Constructora Roca S.R.L. (pretendida continuadora), y en primera instancia se llegó a condenar también a los socios Turilo, Gabriel y Sergio Guastella; además la causa principal fue contra OVIAR S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

en incidente de ejecución se pidió la extensión de la condena dictada contra OVIAR S.A. hacia Constructora Roca S.R.L. por ser continuadora/ adquirente del establecimiento; la instancia de grado, además, ordenó la disolución de Constructora Roca S.R.L. y condenó solidariamente a los socios por aplicación de los arts. 18 y 19 Ley de Sociedades.

¿Qué se resolvió?

la Suprema Corte hizo lugar parcialmente a los recursos extraordinarios, revocó la parte de la sentencia que ordenó la disolución de Constructora Roca S.R.L. y la condena de sus socios; por mayoría dispuso extender solidariamente la condena a Constructora Roca S.R.L. conforme arts. 225 y 228 LCT; además casó la regulación de costas/honorarios por exceder el límite legal (25%).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"al disponer la disolución de Constructora Roca S.R.L. y condenar a los señores Turilo Gualdemar Guastella, Gabriel Gustavo Guastella y Sergio Aníbal Guastella a abonar el importe de la condena dispuesta contra OVIAR S.A. en el expediente principal, el tribunal vulneró el principio de congruencia, alteró indebidamente la relación procesal y tergiversó la naturaleza de la acción deducida" (v. voto del Dr. Pettigiani, V.1).

"Al dictar sentencia ... el Tribunal de Trabajo n° 5 de La Plata condenó a OVIAR S.A. ... Ante la imposibilidad de percibir los créditos judicialmente declarados, la actora denunció que OVIAR S.A. se había insolventado fraudulentamente, por lo que reclamó ... que se hiciera extensiva la condena tanto a la sociedad que se indicó como continuadora de aquélla (Constructora Roca S.R.L.) cuanto a sus directores y representantes ... Dicha petición fue desestimada por el tribunal de grado ... Posteriormente, la actora promovió un incidente de extensión de responsabilidad ... En ningún momento solicitó la nulidad ni la disolución de Constructora Roca S.R.L. Tampoco demandó a los socios ..." (V.1.c/d).

"no ha logrado demostrar la accionante los presupuestos para la operatividad de la responsabilidad que -en condición de adquirente del establecimiento de OVIAR S.A.- le imputó a Constructora Roca S.R.L. con fundamento en los arts. 225 y 228 de la Ley de Contrato de Trabajo." (V.2.b — postura del voto preopinante que fue mayoritariamente rechazado en parte).

"Entiendo que, como fuera solicitado por la parte actora al iniciar el presente incidente de ejecución, deberá hacerse extensiva la condena solidaria a Constructora Roca S.R.L., por el monto establecido por el tribunal de la instancia." (voto de la Dra. Kogan, adoptado por mayoría respecto de la extensión a la continuadora).

"Ha de tener favorable acogida [el recurso] respecto del límite que establece ... el 25% del monto de la sentencia ... Siendo que la regulación practicada en la instancia de grado excede el límite establecido por la normativa -25%-, el tribunal deberá, en el momento procesal oportuno, obrar de conformidad con lo allí dispuesto (art. 277, LCT, t.o. ley 24.432)." (voto del Dr. Pettigiani y adhesiones).

¿Cómo votaron los jueces?

por mayoría se revocó la disolución y la condena a los socios; por mayoría se extendió la condena a Constructora Roca S.R.L. con fundamento en arts. 225/228 LCT; por mayoría se casó la regulación de costas/honorarios para ajustarla al tope del 25%.

Citas relevantes adicionales:

"la elección e interpretación de las normas legales pertinentes queda reservada a los jueces ... pero en tanto y en cuanto no se alteren los hechos ni la relación procesal, o se tergiverse la naturaleza de la acción deducida" (V.1.g).

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