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Tribunal Superior

Spezia, Omar Emilio c/Provincia de Buenos Aires s/Demanda contencioso administrativa

El actor promovió acción contencioso administrativa para dejar sin efecto la sanción de cesantía, obtener su reincorporación, ascensos y pase a retiro con beneficio jubilatorio. La Corte rechazó la demanda: declaró prescrita la acción de impugnación de la cesantía de 16-1-1962 y sostuvo que la rehabilitación administrativa no importa derecho automático de reincorporación ni invalida la sanción.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
B-65476
Proceso contencioso administrativo Cesantia disciplinaria Prescripcion de la accion Rehabilitacion administrativa Reincorporacion Dec. ley 9550/1980 Art. 112 Ley 8400 (amnistia) Accion de nulidad Policia provincia de buenos aires Recursos/ sentencia de la corte provincial Nota: la decision mayoritaria declaro prescrita la accion respecto del decreto de cesantia de 16-1-1962 y Aun examinada la rehabilitacion de 28-8-2000 Sostuvo que esta no conlleva derecho automatico de reincorporacion ni invalida la sancion Aplicando el regimen estatutario vigente.

¿Quién es el actor?

Omar Emilio Spezia.

¿A quién se demanda?

Provincia de Buenos Aires (Ministerio de Seguridad).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Anulación de la sanción de cesantía dictada por decreto 6546 de 16-I-1962; restablecimiento en la Policía provincial; reconocimiento de ascenso de dos grados y pase a retiro con beneficio jubilatorio; pago de haberes jubilatorios en forma cautelar.

¿Qué se resolvió?

Se rechaza la demanda. La mayoría del Tribunal (votos de Soria; adhirieron Pettigiani, Negri y Kogan) declaró prescrita la acción respecto de la cesantía y, alternativamente, la mayoría sostuvo que la rehabilitación administrativa no equivale a reconocimiento de ilegitimidad del acto ni otorga derecho de reincorporación, con aplicación del art. 112 del dec. ley 9550/1980. El voto de Lázzari también concluye por el rechazo de la demanda (propone rechazo por las razones expuestas).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Sobre la prescripción (voto Soria, adoptado por mayoría):

"III. En tales condiciones, corresponde acoger la defensa de prescripción planteada por la demandada en relación a la impugnación de la sanción de cesantía dispuesta mediante decreto 6546, de fecha 16-I-1962.

Voto por la afirmativa."

2) Sobre el alcance de la rehabilitación administrativa y la imposibilidad de reincorporación automática (voto de Lázzari, afirmativo sobre rechazo):

"La figura jurídica de la rehabilitación no implica un juicio de ilegitimidad de la sanción de cesantía -menos aun su revocación-. Precisamente la medida expulsiva constituye el presupuesto necesario para su declaración -sin sanción no hay rehabilitación-. Se trata de un acto de naturaleza graciable adoptado por la autoridad administrativa, actuando en ejercicio de facultades discrecionales. Así es que su declaración no tiene por virtud alterar los efectos producidos por la medida disciplinaria, menos aún invalidar la sanción."

3) Sobre la prohibición estatutaria de reincorporación:

"El régimen estatutario del Personal Policial -dec. ley 9550/1980 vigente al momento de dictarse el decreto que desestimó el reingreso del accionante- prescribe -en lo que resulta materia de debate- que el personal dado de baja por cesantía o exoneración no podrá ser reincorporado ni aun cuando mediare rehabilitación. Exceptúa el citado precepto al personal comprendido en el Escalafón de Suboficiales y Tropa y siempre cuando la sanción obedeciere a abandono de servicio. [...] Descarto que el señor Spezia se encuentre exceptuado de la regla general por encontrarse comprendido en la salvedad a la que se refiere la última parte del artículo, puesto que -según surge de su legajo- el actor no pertenecía a esa categoría del escalafón -Personal de Suboficiales y Tropa, sino que revistaba como Oficial Principal-."

4) Sobre la actuación administrativa que denegó la reincorporación (hechos probados):

"Por otra parte, en las copias del Legajo correspondientes al señor Spezia obra el decreto de fecha 29 de enero de 2002, emanado por el Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, por medio del cual resolvió, de conformidad con lo dictaminado por la Dirección Provincial de Personal de la Provincia y la Asesoría General de Gobierno, no hacer lugar al pedido de reincorporación ... Se desprende de los considerandos del referido acto que la decisión denegatoria se adoptó invocando los siguientes fundamentos: i) el art. 112 del dec. ley 9550/2000 -t.o. decreto 1068/1995- ... ii) el decreto 2658/2000 y sus modificatorias... iii) el art. 95 inc. a) del dec. ley 9550/1980 ... en virtud de que el peticionante nació en el año 1929."

¿Cómo votaron los jueces?

El voto del Dr. Soria resolvió la prescripción (adhirieron Pettigiani, Negri y Kogan). El Dr. de Lázzari propuso y fundamentó el rechazo por considerar que la rehabilitación no otorga derecho de reincorporación; su voto fue acompañado en la resolución final por la mayoría. No consta voto contrario que haya prevalecido en el dispositivo final.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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