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Tribunal Superior

Hernández, Jorge y otro contra Municipalidad de Pinamar. Inconstitucionalidad Ordenanza 4.239/13

Los actores promovieron acción originaria de inconstitucionalidad contra la Ordenanza N° 4.239/13 que modificó el Código Tributario de Pinamar alegando sanción con mayoría insuficiente y aumento desproporcionado de tasas. La Suprema Corte hizo lugar a la demanda y declaró la inconstitucionalidad de la ordenanza por haberse sancionado sin alcanzar la mayoría absoluta exigida por el art. 193 inc. 2 de la Constitución provincial, declarando su inaplicabilidad a los actores.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
I-72588
Accion originaria de inconstitucionalidad Ordenanza n? 4.239/13 Codigo tributario municipal Mayoria absoluta Asamblea de concejales y mayores contribuyentes Art. 193 const. prov. buenos aires Inconstitucionalidad formal Inaplicabilidad Afectacion patrimonial Costas y honorarios Observacion: la sentencia se funda primordialmente en el vicio procedimental (falta de mayoria absoluta de al menos 11 votos) Por lo que no llego a resolver el fondo sobre la supuesta desproporcion del aumento de tasas.

¿Quién es el actor?

Jorge Hernández y Marcelo Francisco Suárez.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de Pinamar.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se solicita la declaración de inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 4.239/13 (modificatoria del Código Tributario municipal) por haber sido sancionada sin observar la mayoría de votos exigida por el art. 193 inc. 2 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; además se alega afectación patrimonial por aumentos de tasas desproporcionados.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte hizo lugar a la demanda; declaró la inconstitucionalidad de la Ordenanza N° 4.239/13 y su inaplicabilidad respecto de la situación de hecho de los actores. Impuso las costas a la demandada y reguló honorarios del letrado de los actores.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La cuestión sometida a tratamiento es sustancialmente análoga a la planteada en la causa I. 72.548, 'Anaya' (sent. de 15-VI-2016) ... a los fines del tratamiento de los argumentos alegados por los actores para sostener su reclamo de inconstitucionalidad, corresponde discriminarlos en dos: uno, referido a las formalidades que se denuncian incumplidas por parte de la demandada al momento de sancionar la ordenanza impugnada, y otro, relacionado con la desproporción en el aumento de las tasas municipales y la afectación de los derechos patrimoniales de los actores."

"El art. 193 inc. 2 de la Constitución provincial exige una mayoría agravada que no consiste en la mayoría de los miembros de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes presentes al momento de resolver, sino tal como allí reza la 'mayoría absoluta de votos de una asamblea...', entendiendo que con la palabra 'votos' el constituyente hace referencia a miembros."

"Considero que la interpretación que postulo en cuanto al contenido del art. 193 inc. 2 de la Constitución provincial, en cuanto exige el voto concordante de la mayoría absoluta de los miembros del citado órgano, impide que una ordenanza impositiva que aumente o cree tributos comunales pueda ser sancionada solo por el voto afirmativo de los concejales o bien, sólo por los mayores contribuyentes, exigiéndose de tal manera la concurrencia de votos de los dos sectores que conforman este órgano legisferante mixto."

"En el presente caso ... las partes coinciden en que la ordenanza municipal 4.239/13 fue sancionada por los votos afirmativos de nueve integrantes de la Asamblea de Concejales y Mayores Contribuyentes, por lo que no se ha alcanzado el número de al menos, once votos coincidentes, extremo que, por las razones antes expuestas, debía ser satisfecho en la especie."

"La manifiesta inobservancia del aludido requisito para la sanción de la ordenanza, reconocida por parte de la accionada, constituye una grave deficiencia en el procedimiento llevado a cabo, cuyos efectos impactan negativamente en la legitimidad de la decisión del órgano deliberativo adoptada en esas condiciones. Desde que la irregularidad que esa circunstancia implica es susceptible de viciar el acto dictado en consecuencia, resulta inoficioso abordar los argumentos articulados por los actores en punto a la desproporción en el aumento de las tasas municipales y la afectación de sus derechos patrimoniales."

"Por los fundamentos expuestos ... se hace lugar a la demanda, declarándose la inconstitucionalidad de la norma impugnada, lo que importa su inaplicabilidad a la situación de hecho en que se encuentran los actores (arts. 25, 190, 191, 192 inc. 7 y 193, de la Const. prov.; 240, dec. ley 6.769/58)."

¿Cómo votaron los jueces?

El acuerdo fue unánime en el resultado: De Lázzari (voto inicial), Pettigiani, Negri y Kogan votaron por hacer lugar a la demanda. El dispositivo final del Tribunal declaró la inconstitucionalidad y ordenó costas a la demandada.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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