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Tribunal Superior

Barreiro, Néstor Abel contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires. Accidente de Trabajo-Acción Especial.

El actor promovió acción especial por accidente de trabajo reclamando la prestación dineraria por incapacidad parcial permanente. La Corte declaró la nulidad parcial de la sentencia de grado por omisión de tratamiento del planteo de inconstitucionalidad de la tarifa del art. 14 apdo. 2 inc. a de la ley 24.557 y, por mayoría, declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.399 respecto de la tasa de interés, ordenando recalcular los intereses con la tasa pasiva más alta del Banco de la Provincia de Buenos Aires a 30 días.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-119503
Proceso laboral Accidente de trabajo Ley 24.557 (riesgos del trabajo) Inconstitucionalidad Ley 14.399 (tasa de interes provincial) Intereses moratorios Tasa pasiva banco provincia 30 dias Recurso extraordinario de nulidad Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Ripte (ley 26.773)

¿Quién es el actor?

Néstor Abel Barreiro.

¿A quién se demanda?

Fisco de la Provincia de Buenos Aires (Provincia ART S.A. intervenía en la liquidación).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Prestación dineraria por incapacidad parcial y permanente prevista en el art. 14 apdo. 2 inc. "a" de la ley 24.557 (Ley de Riesgos del Trabajo); en subsidio, control de constitucionalidad de la tarifa prevista por esa norma; y aplicación del índice RIPTE (ley 26.773). Se discuten además la base de cálculo del ingreso y la tasa aplicable para intereses moratorios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso extraordinario de nulidad deducido por el actor en la parte que impugna la omisión del tribunal de grado de expedirse sobre el planteo de inconstitucionalidad de la tarifa del art. 14 apdo. 2 inc. "a" de la ley 24.557; la sentencia de primera instancia queda anulada parcialmente y la causa devuelta al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento con distinta integración.

Por mayoría, se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por el Fisco y se declaró la inconstitucionalidad de la ley provincial 14.399 respecto de la tasa de interés; revocándose la parte de la sentencia que fijó la tasa y ordenándose que los intereses moratorios se liquiden conforme "la pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días", vigente al inicio de cada período, con cálculo diario para los días sueltos, desde la exigibilidad del crédito hasta su efectivo pago. Las costas se imponen por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"III.2.c. Resultando que dicho tópico -indebidamente preterido por el a quo, sin expresar motivo alguno por el cual no fue abordado- constituye una cuestión esencial en los términos del art. 168 de la Constitución local -desde que pudo tener gravitación en la suerte final del pleito- corresponde decretar la nulidad del decisorio en esta parcela..."

"IV. En virtud de lo expuesto, corresponde disponer la nulidad parcial de la sentencia de fs. 173/179 vta., en cuanto omitió el tratamiento del planteo de inconstitucionalidad de la tarifa establecida en el art. 14 apdo. 2 inc. 'a' de la ley 24.557. La causa debe ser devuelta al tribunal de origen para que -con diferente integración- dicte un nuevo fallo con arreglo a lo resuelto en la presente (art. 298, CPCC)."

"IV. En virtud de todo lo expuesto, corresponde hacer lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído a fs. 189/191 vta. y declarar la inconstitucionalidad de la ley 14.399, revocándose la sentencia en lo concerniente a la tasa de interés que declaró aplicable para el cálculo de los intereses moratorios adeudados, los que han de liquidarse según la más alta que pague el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de depósito a treinta días, conforme aquéllas vigentes en los distintos períodos de aplicación..."

(Bloque dispositivo de la sentencia) "Por lo expuesto ... se anula parcialmente la sentencia ... en cuanto omitió el tratamiento del planteo de inconstitucionalidad ... Asimismo, por mayoría, se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y se declara la inconstitucionalidad de la ley 14.399, revocándose la sentencia en lo relativo a la tasa que declaró aplicable para el cálculo de los intereses, los que deberán liquidarse con arreglo a la pasiva más alta fijada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días..."

Montos y fechas relevantes: accidente ocurrido el 29 de junio de 2011; la sentencia de grado condenó al pago de $29.900,47 por incapacidad parcial permanente y aplicó intereses desde el 29-6-2011; ingresos base considerados $2.368,77 y $2.531,17 según distintos cálculos consignados en la sentencia de grado.

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