Canetto, Roberto Darío c/Aguas Bonaerenses S.A. s/Amparo
El actor promovió amparo laboral contra Aguas Bonaerense S.A. solicitando la anulación de su traslado y la restitución de sus condiciones de trabajo. La Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario y revocó la sentencia de la Cámara que declaró mal concedido el recurso de apelación, ordenando devolver autos a la Cámara para que resuelva el fondo.
¿Quién es el actor?
Roberto Darío Canetto, trabajador.
¿A quién se demanda?
Aguas Bonaerense S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo laboral tendiente a declarar la arbitrariedad del traslado dispuesto por la empleadora (ius variandi, art. 66 L.C.T.) y restituir al trabajador en su lugar y condiciones de trabajo; se pidió medida cautelar.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Suprema Corte hizo lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la demandada contra la resolución de la Cámara que declaró mal concedido el recurso de apelación. Se revoca la sentencia de Cámara en cuanto declaró mal concedido el recurso y se ordena devolver los autos a la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Dolores para que, con nueva integración, dicte un nuevo pronunciamiento conforme lo resuelto. Costas de esta instancia por su orden.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el caso sub examine, si bien tal fue el camino seguido por la accionada al apelar ante la Cámara departamental el decisorio de la instancia de origen, es lo cierto que este tribunal de alzada no emitió opinión sobre el fondo del asunto, sino que simplemente se limitó -por los fundamentos expuestos ut supra- a declarar mal concedido el recurso incoado, no asumiendo la competencia que le correspondía para intervenir en las presentes actuaciones." (voto Dr. Pettigiani)
"De tal modo, se restituyó la regulación contemplada en el originario texto del art. 71 de la ley 20.744. El citado art. 66 prescribe que la acción se sustancia por las reglas del 'procedimiento sumarísimo'.... Mas ello no lo equipara, ni identifica, con el proceso de amparo..." (voto Dr. Soria)
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se hace lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído y, en consecuencia, se revoca la sentencia impugnada en cuanto declaró mal concedido el recurso ordinario de apelación. Vuelvan los autos a la Cámara de Apelación Civil y Comercial del Departamento Judicial Dolores a fin de que -con nueva integración- dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a lo que aquí se ha resuelto." (bloque dispositivo)
Además se reproduce la doctrina legal invocada: "del juego armónico de lo dispuesto por los arts. 4, 18 y 19 de la ley 7166 se desprende que -no habiéndose excluido a los tribunales del trabajo como órganos competentes para conocer de la acción de amparo- sus resoluciones son susceptibles de recurso de apelación por ante la Cámara de Apelación Civil y Comercial de su jurisdicción" (voto Dr. de Lázzari).
¿Cómo votaron los jueces?
La decisión se adoptó por mayoría (votos favorables de De Lázzari, Kogan, Genoud, Soria y Negri). Pettigiani y Hitters votaron por declarar mal concedido el recurso extraordinario; la mayoría, empero, revocó la sentencia de la Cámara.
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Leyes que cita
- Ley 20.744Ley de contrato de trabajo
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