JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Vitkauskas, Félix c/Celulosa Argentina S.A. s/Despido

El actor reclamó indemnización integral por daños y perjuicios derivados de incapacidad laboral frente a Celulosa Argentina S.A. y, subsidiariamente, la extensión de responsabilidad a la A.R.T. La Corte provincial hizo lugar al recurso de inaplicabilidad del actor y revocó la parte del fallo de grado que rechazó la acción civil por considerar en abstracto válida la Ley de Riesgos del Trabajo; además, declaró inconstitucionales el tope del art. 245 LCT (con ajuste al 67%) y la ley provincial 14.399 (por la tasa activa), ordenando nueva liquidación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-90768
Accion por danos y perjuicios (incapacidad laboral) Ley 24.557 (ley de riesgos del trabajo) ? inconstitucionalidad/insuficiencia reparatoria Art. 39 lrt ? test de comparativo reparatorio Art. 245 lct ? topes indemnizatorios (inconstitucional 67%) Ley provincial 14.399 ? tasa de interes (decl. inconstitucional) Intereses moratorios ? tasa pasiva banco provincia (liquidacion) Recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley Nueva remision al tribunal de origen para nueva liquidacion Costas por orden en esta instancia Aplicacion de precedentes (vizzoti mancini)

¿Quién es el actor?

Félix Vitkauskas.

¿A quién se demanda?

Celulosa Argentina S.A. (y citada para garantía La Caja A.R.T.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

a) diferencias en la liquidación de la indemnización por despido (se hizo lugar en origen);

b) acción por reparación integral de daños y perjuicios por incapacidad laboral con fundamento en normas del Código Civil;

c) planteos de inconstitucionalidad respecto de varias disposiciones de la Ley 24.557 (Ley de Riesgos del Trabajo) y del tope del art. 245 LCT; impugnación de la aplicación de la tasa de interés aplicada en la sentencia de grado y cuestionamiento de la ley provincial 14.399.

¿Qué se resolvió?

a) Se rechaza el recurso extraordinario de nulidad deducido por el actor.

b) Se hace lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido por el actor y se revoca la parte del fallo de grado que rechazó su reclamo por reparación integral con fundamento en derecho común (art. 39.1 LRT no podía decidirse en abstracto; debe verificarse la insuficiencia reparatoria del régimen especial mediante prueba y comparación con la reparación civil). Se devuelve la causa al tribunal de origen para nuevo pronunciamiento con diferente integración. Costas de esta instancia por orden del recurrente actor (art. 289 C.P.C.C.).

c) Se hace lugar parcialmente al recurso de inaplicabilidad deducido por la demandada: se confirma la declaración de inconstitucionalidad —en su aplicación— del segundo párrafo del art. 245 LCT pero se revoca la determinación de la base salarial practicada en grado, fijando como tope el 67% de la mejor remuneración mensual normal y habitual; por mayoría se declara inconstitucional la ley provincial 14.399 y se revoca la aplicación de la tasa activa, disponiéndose que los intereses deben liquidarse conforme a la tasa pasiva que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en depósitos a 30 días. Costas de esta instancia por orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En efecto, habré de reiterar aquí los conceptos que esgrimiera al emitir mi voto en las causas L. 91.754, 'Palmarozza'... También manifesté que de los citados precedentes emergen claramente dos directrices sustanciales. La primera, referida a la oportunidad procesal en que debe efectuarse el test de constitucionalidad del texto legal involucrado, esto es, al dictarse la sentencia de mérito; y la restante, acerca de la necesidad de realizar un análisis comparativo, en cada caso concreto, entre el régimen prestacional contenido en la ley 24.557 y la indemnización a que resulte acreedor el reclamante en el marco del derecho civil... La declaración de inconstitucionalidad del art. 39.1 de la ley 24.557 supone la comprobación previa, además de los presupuestos de la responsabilidad civil invocada, de la insuficiencia de las prestaciones previstas por dicha ley especial para reparar adecuadamente el daño sufrido por la víctima y, a tales fines, resulta indudable que el parámetro para llevarla a cabo, en una suerte de comparación o cotejo, lo constituye la extensión del resarcimiento al que la víctima accedería -en su caso- en el marco del régimen de responsabilidad emergente por aplicación de las disposiciones del Código Civil..."

"Por lo expuesto, corresponde hacer lugar al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido y revocar la sentencia en cuanto rechazó la pretensión incoada por Félix Vitkauskas contra 'Celulosa Argentina S.A.', mediante la cual reclamó -con fundamento en las normas del Código Civil- el pago de la indemnización integral de los daños y perjuicios provocados por la incapacidad laboral derivada de las tareas desarrolladas para la demandada. Los autos deben volver al tribunal de origen a fin de que, con diferente integración, renueve los actos procesales necesarios y dicte el pronunciamiento que corresponda..."

"En consecuencia, advierto que si bien corresponde confirmar el pronunciamiento de grado en cuanto hizo lugar al planteo de inconstitucionalidad del art. 245 de la Ley de Contrato de Trabajo -texto según ley 24.013-, debe revocarse el mismo en relación al parámetro salarial utilizado para determinar el quantum indemnizatorio, debiéndose tomar la suma equivalente al 67% de la mejor remuneración mensual, normal y habitual percibida por el actor como tope para efectuar dicho cálculo, pues se adecua así a lo resuelto en la materia por la Corte Suprema de Justicia de la Nación in re 'Vizzoti'."

"La ley 14.399 ... dispone: 'Al monto total por el que se condene a la demandada se deberá adicionar los intereses devengados desde la fecha de su exigibilidad y hasta el efectivo pago, según el cálculo de intereses 'al promedio de la Tasa Activa' que fija el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus operaciones de descuento'. ... Por las razones expuestas, estimo que la ley 14.399, en cuanto modifica el art. 48 de la ley 11.653 ... se halla en pugna con la letra y el espíritu de la Constitución nacional (arts. 31, 75 inc. 12, 126 y cctes.). Su invalidez e inaplicabilidad al caso debe ser declarada."

¿Cómo votaron los jueces?

se rechazó por unanimidad el recurso de nulidad; en la cuestión sobre la inaplicabilidad deducida por el actor la mayoría (Genoud y adhesiones) hizo lugar; en la cuestión planteada por la demandada respecto del art. 245 y de la tasa, la Corte resolvió parcialmente por mayoría (confirmando la inconstitucionalidad del tope pero limitando la base al 67% y declarando inconstitucional la ley 14.399, con diferentes fundamentos expuestos por los jueces).

Leyes que cita

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