Hidalgo, Ramón Ponce c/Carraro Argentina S.A. s/Enfermedad profesional
Reclamó prestaciones por enfermedad profesional contra Carraro Argentina S.A. por incapacidad laboral. La Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por QBE; confirmó la doctrina de inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557 y condenó en costas por su orden por las dificultades interpretativas de la norma.
¿Quién es el actor?
Ramón Ponce Hidalgo promovió la acción (iniciada el 5-vi-2003) reclamando el pago de prestaciones previstas en la ley 24.557 por incapacidad laboral.
¿A quién se demanda?
Carraro Argentina S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de prestaciones de la ley 24.557 por enfermedad profesional / incapacidad laboral.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por QBE Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. Las costas se imponen por su orden, por mayoría, atendidas las dificultades interpretativas generadas por la ley 24.557.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"III. El recurso no prospera.
En el precedente de esta Corte registrado como L. 75.708, 'Quiroga', sent. del 23-IV-2003 se declaró la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557, postura a la cual adhiero y que ha sido ratificada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa C. 2605 XXXVIII, 'Castillo, Angel Santos c/ Cerámica Alberdi' (Fallos 327:3610).
Asimismo en las causas L. 81.339, 'Sparnochia', sent. del 14-X-2003; L. 82.688, 'Fedczuck', sent. del 14-IV-2004; L. 82.334, 'Alvarenga', sent. del 9-II-2005 y L. 80.735, 'Abaca', sent. del 7-III-2005 me pronuncié por la inconstitucionalidad de dicha norma, a cuyas consideraciones me remito en honor a la brevedad."
"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traido. Las costas, por mayoría, se imponen por su orden, atento las dificultades interpretativas generadas por la ley 24.557 (arts. 68 y 289, C.P.C.C.)."
Observaciones sobre votos y mayoría:
Los jueces Genoud, Hitters, de Lázzari, Soria, Kogan y Roncoroni votaron por la negativa al recurso. La decisión se ajusta a la doctrina previa de la Corte que declaró la inconstitucionalidad del artículo 46 de la ley 24.557 (causa L. 75.708 y posteriores), confirmada por la CSJN en "Castillo, Angel Santos c/ Cerámica Alberdi".
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Leyes que cita
- Ley 24.557Ley de riesgos del trabajo
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