JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Baute, Néstor Osvaldo c/Vicente Carlos Daniel s/Diferencias salariales

El actor reclamó diferencias salariales y remuneraciones a destajo por tareas de cosecha y entrega de mudas de indumentaria. La Suprema Corte, por mayoría, rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley y confirmó la sentencia de grado; la mayoría consideró insuficientes los agravios en cuanto a la prueba del porcentaje pactado y confirmó la inaplicabilidad de normas sobre trabajadores permanentes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-107351
Recurso extraordinario Prueba indiciaria Inversion de la carga de la prueba Inaplicabilidad de ley Certificados laborales Trabajador agrario Absurdidad Remuneracion a destajo 8% sobre produccion Resolucion cnta

Quién demanda (Actor)

Néstor Osvaldo Baute, trabajador agrario.

A quién se demanda (Demandado)

Carlos Daniel Vicente, empleador.

Qué se reclama (Objeto de la demanda)

Pago de remuneraciones a destajo (porcentaje del 8% sobre producción) por labores de cosecha en 2006; diferencias salariales por tareas anteriores; entrega de dos mudas de indumentaria; entrega de certificados laborales y previsionales por todo el período trabajado.

Qué se resolvió (Decisión del tribunal)

Por mayoría, la Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por Baute contra la sentencia del Tribunal del Trabajo que había hecho lugar parcialmente a la demanda (condena limitada a la entrega de certificados por el período 20-03-2006 a 20-06-2006 y rechazo del reclamo del pago a destajo y de las mudas). Votaron negativamente Soria, Genoud, Negri y Pettigiani; De Lázzari y Kogan votaron por hacer lugar parcialmente (disidencia).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Transcribo los párrafos más relevantes del acuerdo y de la sentencia, manteniendo el lenguaje del tribunal:

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley traído; con costas (art. 289, C.P.C.C.).

Regístrese, notifíquese y devuélvase."

Del voto que propuso hacer lugar (Dr. De Lázzari), párrafos relevantes que exponen la crítica al a quo y su propuesta de resolución:

"b. Sentado lo anterior, considero que acierta el recurrente al denunciar que la decisión se encuentra viciada por absurdo.

Aparece nítida la configuración de esa anomalía en la operación intelectual valorativa desplegada por el sentenciante al tratar las dos cuestiones que hubo de plantear en el veredicto.

... Queda así evidenciada, en mi opinión, la apreciación fragmentada y arbitraria del material probatorio y presunciones que operaron en el caso, fruto de la cual el sentenciante arribó a una conclusión incompatible con las constancias de la causa.

Basta anotar que del telegrama de fs. 7 surge que el accionante reclamó el pago al empleador del ocho por ciento (8%) sobre la producción. Dicho medio de prueba ... corrobora y completa a la prueba de confesión ficta (posiciones 1 y 4 del pliego de fs. 12) y de ello se desprende la modalidad remuneratoria porcentual por las labores de cosecha.

... c. Por lo expuesto, considero que el recurrente ha logrado rebatir eficazmente la conclusión del a quo ... corresponde casar el veredicto ... y la sentencia ... en ese aspecto.

d. En consecuencia, ... procede hacer lugar al reclamo impetrado, a lo que se agregará el sueldo anual complementario, calculado sobre la base de la remuneración a destajo pactada, consistente en el ocho por ciento (8%) sobre la producción."

Del voto que rechazó el recurso (Dr. Soria), párrafos relevantes que resumen la mayoría y sus fundamentos sobre la prueba y aplicabilidad normativa:

"El recurso no ha de prosperar.

1. El agravio vinculado con el reclamo que persigue el cobro de remuneraciones que se alegan adeudadas con motivo de labores de cosecha, luce insuficiente (art. 279 del C.P.C.C.).

a. ... el recurrente pretende encauzar sus afirmaciones en ciertas normas de la ley 22.248 que regulan aspectos que caen en la órbita de los vínculos laborales de los trabajadores agrarios permanentes, categoría en la que no se encuentra incluido el actor, quien fue calificado por el a quo ... como 'no permanente' (art. 77, ley cit.);

... i] El a quo ... agregó que el actor al formular las posiciones aludió a porcentajes pero sin señalar su monto (v. vered., fs. 62; sent., fs. 66 y vta.).

... el absurdo es un instituto excepcional para casos extremos ... se requiere algo más, el error grave, grosero y manifiesto ... extremos que el impugnante no ha acreditado."

(disidencia: la Sra. Jueza Kogan adhirió al voto de De Lázzari; los Dres. Soria y Genoud votaron por la negativa; Negri y Pettigiani acompañaron la negativa).

Normas que cita

Fallos que cita

  • "Vincet"CSBA? / referencia interna · 09/06/2010
  • "Martínez"12/03/1993
  • "Moreyra"13/06/2012
  • "Palavecino"22/12/2010
  • "Negrin"24/02/1998
  • "Ojeda"06/07/2011
  • "Toppa"05/05/2010
  • "Trojelli"28/05/2008
  • "Rossi"03/05/2012
  • "Szewcruk"28/12/2011
  • "Molina de Espinosa"26/10/2010

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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