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Tribunal Superior

Saravia, Benjamín Roberto c/Garovaglio y Zorraquín S.A. s/Daños y perjuicios

El actor reclamó indemnización por daños y perjuicios derivados de incapacidad laboral atribuida a tareas desempeñadas en la demandada. La Corte, por mayoría, confirmó la incompetencia de las normas que excluyen a la jurisdicción local (arts. 21, 22 y 46 ley 24.557) y devolvió la causa al tribunal de origen, revocando la declaración prematura de inconstitucionalidad del art. 39 y la declaración sobre el art. 40 por inoficiosa.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
L-81149
Regimen de riesgos del trabajo Inconstitucionalidad Art. 39 lrt Arts. 21 22 46 lrt Competencia jurisdiccional provincial Prematuridad Inaplicabilidad de ley Indemnizacion por danos y perjuicios Proceso civil Tribunal del trabajo.

¿Quién es el actor?

Benjamín Roberto Saravia.

¿A quién se demanda?

Garovaglio y Zorraquín S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios con sustento en normas del derecho común por incapacidad supuestamente producida en el trabajo.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría se hizo lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley. Se confirmó la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24.557 y la competencia del tribunal del trabajo para entender en la causa; se revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 39 por haber sido declarada prematuramente y se declaró inoficioso lo resuelto sobre el art. 40; la causa vuelve al tribunal de origen para que prosiga según su estado. Costas por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) Dispositivo mayoritario (extracto de la Sentencia final):

"Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, por mayoría, se hace lugar parcialmente al recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley deducido, y en consecuencia; a) se confirma la declaración de inconstitucionalidad de los arts. 21, 22 y 46 de la ley 24.557 y la competencia del tribunal del trabajo para entender en las presentes actuaciones; y b) se revoca la sentencia impugnada en cuanto declaró -prematuramente y en abstracto- la inconstitucionalidad del art. 39 del referido cuerpo legal, y la del art. 40, siempre de la misma ley, por resultar inoficiosa. Vuelvan los autos al tribunal de origen a fin de que prosigan el trámite según su estado. Las costas se imponen por su orden, atento a la forma en que se resuelve el recurso y las dificultades interpretativas generadas por la ley 24.557 (arts. 68 y 289, C.P.C.C.)."

2) Fundamento sobre prematuridad del control del art. 39 (voto del Dr. Hitters, reproducido):

"la declaración de inconstitucionalidad del art. 39.1 de la ley 24.557 supone la comprobación, en el caso concreto, de la insuficiencia de las prestaciones previstas por dicha ley especial para reparar adecuadamente el daño sufrido por la víctima, y a tales fines, resulta indudable que el parámetro para llevarla a cabo, en una suerte de comparación o cotejo, lo constituye la extensión del resarcimiento al que la víctima accedería -en su caso- en el marco del régimen común de responsabilidad emergente por aplicación de las disposiciones del Código Civil."

y

"la declaración de inconstitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557 pronunciada en la instancia de grado como cuestión previa, constituye un predicamento en abstracto. Ello así porque el órgano judicial de la instancia ordinaria, al resolver la cuestión constitucional prematuramente, con anterioridad a la apertura a prueba de las actuaciones, impidió que se acreditaran los presupuestos fácticos indispensables para la eventual procedencia de la acción civil intentada..."

3) Fundamento sobre inconstitucionalidad de arts. 21, 22 y 46 y competencia local (voto del Dr. Kogan y adhesiones):

"para que prospere un reclamo por infortunio laboral con arreglo al régimen del derecho civil, es necesario transitar todo el proceso para recién al momento de dictarse la sentencia de mérito, llevar a cabo el control de constitucionalidad del art. 39 de la ley 24.557... deviene inexorable el tratamiento, como cuestión previa, del planteo de inconstitucionalidad de aquellas normas del régimen especial que -tal y como se desprende de sus arts. 21, 22 y 46- excluyen a la jurisdicción local para entender en estos procesos."

¿Cómo votaron los jueces?

El Dr. Negri votó por la negativa respecto del recurso, sosteniendo que la declaración de inconstitucionalidad del art. 39 debía mantenerse aplicable en el caso; opinó que, excepto lo relativo al art. 39, las demás inconstitucionalidades resultaban inoficiosas. Su razonamiento desarrolla una fundamentación constitucional amplia sobre igualdad, acceso a la justicia y protección del trabajador: "La atribución de responsabilidad civil genérica que puede ser invocada por cualquier persona... no puede ni debe serle negada al trabajador ni a sus derechohabientes..." (voto de fondo del Dr. Negri).

Leyes que cita

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