ROMERO, MARIO RESTITUTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajuste de haberes previsionales y declaración de inconstitucionalidad de gravámenes sobre jubilaciones. El Juzgado Federal hizo lugar parcialmente a la demanda, declaró inconstitucional el régimen del impuesto a las ganancias aplicado a jubilaciones y pensiones, revocó el acto administrativo y ordenó la liquidación y pago del nuevo haber con retroactivos más intereses.
¿Quién es el actor?
MARIO RESTITUTO ROMERO, titular de beneficio previsional (Ley 24241).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes y movilidad de haberes previsionales; declaración de inconstitucionalidad de normas (entre ellas art. 7 Ley 24463, artículos de Ley 24241, régimen del impuesto a las ganancias), determinación del haber inicial y actualización de remuneraciones, pago de retroactivos e intereses.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda; se revocó el acto administrativo; se ordenó a ANSES abonar al actor el nuevo haber y las diferencias retroactivas conforme pautas de los considerandos, con intereses a la tasa pasiva promedio del BCRA; se declaró la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen del impuesto a las ganancias (arts. 1º, 2, 82 inc. c) y concordantes de la ley 20.628 y sus modificaciones por leyes 27.346, 27430, 27725 y 27743, y normas reglamentarias y resoluciones vinculadas) en la medida que gravan jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios; se declaró inconstitucional el art. 3 del Decreto 157/2018; se hizo lugar a la excepción de prescripción respecto de lo que exceda los dos años anteriores al último reclamo administrativo o interposición de la demanda; se impusieron costas a ANSES; se ordenó practicar liquidación (por la actora o, en su defecto, por ANSES conforme art. 503 CPCCN) y pago en 120 días hábiles desde firmeza o consentimiento.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
(se transcriben párrafos y citas textuales relevantes del fallo)
1) "Que no puede considerarse al haber previsional como una ganancia. La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio o de pensión, no cuenta con estas características, por el contrario, su finalidad es paliar la contingencia vejez, y está financiado por los aportes efectuados durante la vida activa."
2) "Corresponde declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias contemplado en los arts. 1º, 2, 82 inc.'c' y cctes de la ley 20.628 y su modificación dispuesta por leyes 27.346, 27430, 27725 y 27743, ... en la medida que mantiene a las jubilaciones, pensiones, retiros y subsidios sujetos al régimen de ganancias..."
3) "Que, en caso de expedirme sobre [intereses moratorios] en el presente estadio procesal incurriría necesariamente en prejuzgamiento ... al momento de aprobar la liquidación correspondiente y transcurrido el plazo para que ésta se haga exigible."
4) Sobre el tope y topes normativos: "No corresponde la declaración de inconstitucionalidad del art. 9 de la Ley 24241... no se ha acreditado que en la actualidad la norma produzca al actor perjuicio alguno que justifique la medida extrema de declarar su inconstitucionalidad."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registran votos en disidencia; la resolución es dictada por el Juzgado Federal (voto único).
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Leyes que cita
- Ley 27.346Impuesto a las ganancias, iva y regimen simplificado para pequeños contribuyentes
- Ley 20.628Impuestos a las ganancias
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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