MORALES, PEDRO CIRILO c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO
Acción meramente declarativa de inconstitucionalidad contra normativa de recaudación. La Cámara Federal de Córdoba modificó la resolución de fecha 12/3/2026 para regular honorarios del apoderado de la actora en 20 UMA y confirmó el resto de lo decidido por el Juzgado Federal N°2.
¿Quién es el actor?
Morales, Pedro Cirilo.
¿A quién se demanda?
Agencia de Recaudación y Control Aduanero.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Acción meramente declarativa de derecho por inconstitucionalidad de normativa aplicable (cuestión vinculada a retenciones/reintegros).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de la parte actora para modificar la resolución de fecha 12 de marzo de 2026 dictada por el Juzgado Federal N°2, regulando los honorarios por la actuación en primera instancia del apoderado de la parte actora, Dr. Gustavo Granillo Fernández, en veinte (20) UMA; en todo lo demás la resolución de primera instancia fue confirmada. Se impusieron las costas de la Alzada en el orden causado y se diferenció la regulación de honorarios de Alzada para su oportunidad; además se recordó al juzgado de primera instancia la obligación de controlar la inexistencia de deuda por Tasa de Justicia conforme arts. 10 y 14 Ley 23.898.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"IV. En la presente causa, el allanamiento fue formulado dentro del plazo para contestar la demanda, por lo tanto fue oportuno y corresponde apartarse del principio general en materia de costas e imponerlas por su orden. Por lo tanto, corresponde rechazar el agravio planteado y confirmar los dispuesto por el magistrado en cuanto a este punto."
"V. En cuanto al agravio planteado en relación a los honorarios regulados y que solicita sean elevados, deseo señalar que de conformidad a lo expuesto por el suscripto 'ZIMMER, ALFREDO c/ ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD' (Expte: 561/2021/CA2) -entre muchos otros-, luego de los Acuerdos sostenidos con los restantes colegas de Cámara y a los fines de unificar los criterios jurisprudenciales ... considero que corresponde regular los honorarios de la asistencia letrada de la parte actora en veinte 20 UMA, resultando la misma una adecuada retribución por sus tareas y practicada por todo concepto."
"VI.- Por todo lo expuesto, es que corresponde hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la apoderada de la actora y, en consecuencia, modificar la resolución dictada con fecha 12 de marzo de 2026 por el Juzgado Federal N°2 y regular los honorarios por la actuación en primera instancia del apoderado de la parte actora -Dr. Gustavo Granillo Fernández- por todo concepto y carácter actuado- en veinte (20) UMA. Corresponde confirmarla en todo lo demás que decide y ha sido motivo de agravios."
¿Cómo votaron los jueces?
La sentencia contiene votos coincidentes de los Dres. Abel G. Sánchez Torres (preopinante), Liliana Navarro y Facundo C. Cortés; no hay disidencia.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 27.423art. 29 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 23.898arts. 10, 14 · Tasas judiciales
Fallos que cita
- ZIMMER, ALFREDO c/ ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD (Expte: 561/2021/CA2)CAMARA FEDERAL DE CORDOBA
- PEDERNERA, OSCAR EDUARDO c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDADCAMARA FEDERAL DE CORDOBA · 27/04/2026
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.