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Cámara de Apelaciones

Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: PICONE , JOSE AMERICO Y OTROS s/INFRACCION LEY 22.415 QUERELLANTE: DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Juicio oral por delitos aduaneros contra José Américo Picone, y acuerdos de juicio abreviado para Schuff y Arce. El Tribunal Oral Federal condenó a Picone por contrabando (art. 864 inc. b Cód. Aduanero) a 3 años de prisión en suspenso, multa de $12.870.000, inhabilitaciones y remitió las sanciones accesorias a la Aduana; además aprobó y confirmó penas acordadas en juicio abreviado para Schuff y Arce.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL ORAL FEDERAL DE SANTA CRUZ - SECRETARIA
Fuero
FEDERAL DE COMODORO RIVADAVIA
Jurisdicción
Federal · Chubut
Expediente
FCR 000409/2018/TO01
Principio de congruencia Multa Inhabilitacion Contrabando Juicio abreviado Tribunal oral federal Resolucion general 2623/2009 Codigo aduanero 22.415 Enysa Imputacion objetiva (jakobs)

¿Quién es el actor?

Administración Federal de Ingresos Públicos - Dirección General de Aduanas (ARCA/DGA) como querellante y el Ministerio Público Fiscal (Fiscal General Interino Dr. Gastón Franco Pruzan).

¿A quién se demanda?

José Américo PICONE; asimismo procesados y acordados: Irene SCHUFF y Silvino ARCE.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se investigó la comisión de contrabando (art. 864 inc. b del Código Aduanero) por la extracción y reingreso de un vehículo (Nissan Murano dominio INP 369) hacia/desde Chile sin ser titular ni contar con autorización válida; además la participación culposa/omisión de los agentes aduaneros que permitieron las salidas (art. 868 inc. a CA).

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la nulidad planteada por la defensa de Picone; se homologó el juicio abreviado para SCHUFF y ARCE (condenas por actos culposos que posibilitan contrabando y multas de $50.000 c/u); se condenó a PICONE como autor del delito de contrabando (art. 864 inc. b CA) en la modalidad de delito continuado (4 hechos) a TRES (3) años de prisión de ejecución condicional, multa de $12.870.000, pérdida de concesiones y regímenes, inhabilitación especial para ejercer el comercio por 3 años, e inhabilitación por doble tiempo de la condena para desempeñarse como funcionario público; se impusieron reglas de conducta por 3 años y se remitió copia de la sentencia al Administrador de la Aduana para la aplicación de accesorias (art. 876 CA).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre principio de congruencia y posibilidad de recuadro jurídico: “El principio de congruencia... fija la diferencia entre hecho imputado –que no puede variar- y calificación jurídica del mismo, que resulta plenamente mutable, en tanto sea preservada la congruencia con el primero.” (considerando sobre art. 401 CPPN y doctrina citada).

Descripción fáctica imputada a PICONE (extracto de la indagatoria y acusación): “…haber hecho insertar datos –abusando de su calidad de funcionario público / agente aduanero-, a través del sistema ENYSA, en la documentación aduanera requerida para el tránsito a través del Paso Fronterizo Integración Austral/Monte Aymond, a efectos de poder egresar y reingresar al territorio nacional un rodado marca Nissan Murano, dominio INP 369, del cual no resultaba ser titular registral ni tampoco poseía documentación habilitante para tales fines… en cuatro oportunidades.” (fs. 158/159).

Normativa aplicable y carácter de la mercadería: “El automotor Nissan dominio INP 369 es mercadería… El art. 9 del CA define los conceptos de importación y exportación… El art. 10 del CA describe como mercadería todos los objetos susceptibles de ser importados o exportados… La Resolución General 2623/2009… regula la salida temporal de vehículos particulares con fines de turismo desde la República Argentina hacia Chile… ‘Cuando se constate el incumplimiento de las obligaciones establecidas en esta resolución general, el sujeto responsable será pasible de las sanciones y medidas cautelares previstas en el Código Aduanero’.”

Calificación y teoría de la imputación: “Resulta acertada la significación jurídica propuesta por la Fiscalía… CONTRABANDO en la modalidad de delito continuado –4 hechos– en calidad de autor (art. 864 inc. ‘b’ del Código Aduanero y art. 45 del Código Penal).” Sobre imputación objetiva y función del rol: extensa fundamentación referida a la teoría de imputación objetiva (Jakobs) para explicar la responsabilidad por el quebrantamiento del deber funcional del agente aduanero.

Pena aplicada y motivación: “Por ello habré de fijarla en tres (3) años de prisión en suspenso… Durante el plazo de tres años el condenado deberá observar las siguientes reglas de conducta… corresponde imponer… multa de $12.870.000; pérdida de concesiones… inhabilitación especial… e inhabilitación especial por doble tiempo…”

¿Cómo votaron los jueces?

no consta voto en disidencia; la sentencia fue dictada unipersonal por el Dr. Mario Gabriel Reynaldi (Tribunal presidido en forma unipersonal), y el fallo desarrolla en mayor extensión los fundamentos; no se identifican disidencias en el dispositivo.

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