Incidente N° 1 - IMPUTADO: MOLINA, ALEXIS JORGE DANIEL Y OTRO s/INCONSTITUCIONALIDAD
La defensa de Lucas Buera impugnó por inconstitucionalidad la decisión de la Cámara de Casación; la Cámara declaró inadmisible el recurso por falta de demostración de arbitrariedad constitucionalmente fundada y lo rechazó sin costas.
Actor (quién recurre): Defensa de Lucas Buera.
Demandado (a quién se dirige el recurso): Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional – Sala 3 (pronunciamiento previo de esa Sala).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad (arts. 27 y 28 de la ley 402 CABA) contra la decisión de la Sala que, entre otros extremos, casó parcialmente la sentencia de primera instancia y mantuvo la pena de cuatro años y seis meses de prisión por robo agravado con arma. Se invocó vulneración del principio de inocencia, debido proceso y arbitrariedad en la valoración probatoria y en la determinación de la pena.
¿Qué se resolvió?
La Cámara declaró inadmisible el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Lucas Buera y ordenó notificar personalmente al imputado; no hay imposición de costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En el precedente 'Bucciarelli' (Reg. n.º ST 931/2026) señalé que, desde la promulgación de la ley 27.802 ... existe una base normativa suficiente para entender que el recurso que se debe interponer para cuestionar las decisiones de esta Cámara es el recurso de inconstitucionalidad previsto en el artículo 28 de la ley 402 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires."
"Por otro lado, se observa que el recurso sobre estos aspectos carece de una articulación fundada de alguna cuestión constitucional o federal, pues no ha demostrado adecuadamente la existencia de una relación directa e inmediata entre las normas constitucionales mencionadas y la materia del juicio, en los términos de los arts. 14 y 15 de la ley 48. En definitiva, corresponde declarar inadmisible el remedio interpuesto."
¿Cómo votaron los jueces?
el Dr. Nicolás Grappasonno adhirió a los argumentos del Dr. Jantus. Abstención: el Dr. Gustavo Bruzzone se abstuvo de votar por aplicación del art. 23, último párrafo del Código Procesal Penal de la Nación.
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Normas que cita
- Ley 402 (Caba)arts. 27, 28
- Ley 27.802Ley de modernizacion laboral
- CParts. 5, 12, 29 inc. 3, 45, 54, 166 inc.2 pfo.3, 167 inc.2, 164 · Codigo penal
- CPPNarts. 470, 471, 530, 531, 532, 23, 3 · Codigo procesal penal
- Constitución Nacionalart. 18 · Constitucion nacional
- Tratado Convencion americanaart. 8.2
- Tratado Pacto internacional ddrcparts. 14.2, 14.5
- Ley 48 (Caba)arts. 14, 15
- Acordada 15/13 (CSJN) (Nacional (csjn))
Fallos que cita
- BucciarelliCNCC (Sala)
- Sartor (Plenario)CNCC (Pleno)
- FerrariCSJN · Fallos 347:2286
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