Incidente Nº 1 - IMPUTADO: BARRERA, GABRIEL s/INCIDENTE DE RECURSO EXTRAORDINARIO
Luis Gabriel Barrera notificó su intención de interponer un recurso extraordinario federal. La Cámara Federal de Casación Penal tuvo por desistida esa intención y resolvió aceptarlo por mayoría, sin costas, por ratificación de la voluntad del recurrente presentada por su defensa pública oficial.
¿Quién es el actor?
Luis Gabriel Barrera.
Demandado / sujeto pasivo procesal: trámite de recurso extraordinario federal en la Cámara Federal de Casación Penal (incidente de voluntad de interponer recurso).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
intención de interponer recurso extraordinario federal.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal tuvo por desistida la intención de interponer recurso extraordinario manifestada por Luis Gabriel Barrera; por mayoría, sin costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"I. En fecha 27 de agosto del corriente año, esta Sala I, por mayoría, resolvió: 'I. DECLARAR INADMISIBLE el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Luis Gabriel Barrera, con costas (arts. 444, 530 y ccds. del CPPN' —las mayúsculas y el destacado corresponden al original-."
"II. Contra ese pronunciamiento, Barrera manifestó su voluntad de interponer recurso extraordinario in forma pauperis, de la que se confirió traslado a su defensa pública oficial."
"III. Con fecha 28 de septiembre del corriente año, la defensa pública oficial nombrado realizó una presentación y acompañó una notificación suscripta por su asistido mediante la cual ratificó su voluntad de desistir de la intención de interponer recurso extraordinario, por lo que corresponde tener por desistida la impugnación, con costas."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Petrone formuló el voto principal; los Dres. Barroetaveña y Slokar adhirieron a la solución propuesta, decidiendo por mayoría aceptar el desistimiento "sin costas" conforme consta en el dispositivo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- CPPNarts. 444, 530 · Codigo procesal penal
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.