Incidente N° 4 - VICTIMA: CURA, EMILIANO GUSTAVO IMPUTADO: DUARTE RODRIGUEZ, CRISTIAN MAXIMILIANO s/INCIDENTE DE APLICACION DE LA LEY 24390
Control de prórroga de prisión preventiva respecto de Cristian Maximiliano Duarte Rodríguez. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga dispuesta por el a quo y ordenó su registro, comunicación y remisión al tribunal de origen, por adecuación a las previsiones legales citadas.
¿Quién es el actor?
Se interpuso el control de la prórroga de prisión preventiva respecto de Cristian Maximiliano Duarte Rodríguez.
¿A quién se demanda?
(No consta en el texto la parte contraria expresamente nombrada; la revisión se hizo respecto de la resolución del tribunal a quo).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Control judicial de la prórroga de prisión preventiva dictada por el tribunal de origen, prorrogada a partir del 24 de octubre de 2026 por seis meses hasta el 24 de abril de 2027.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga de prisión preventiva dispuesta por el tribunal a quo y ordenó su registro, comunicación y remisión al tribunal de origen mediante pase digital.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con invocación de las previsiones del artículo 1º de la Ley 24.390, reformado por Ley 25.430, el a quo prorrogó la prisión preventiva de Cristian Maximiliano Duarte Rodríguez, a partir del 24 de octubre del corriente año, por el término de seis meses, hasta 24 de abril de 2027.
Por cuanto la resolución se encuentra fundada de conformidad con las previsiones de la norma citada y en atención al estado procesal en el que se encuentran las actuaciones, corresponde tomar nota de la prórroga dispuesta por el a quo.
En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo dispuesto en el art. 30 bis del Código Procesal Penal de la Nación, último párrafo, conforme texto de la ley 27.384, el Tribunal RESUELVE:
TOMAR NOTA de la prórroga de prisión preventiva de Cristian Maximiliano Duarte Rodríguez dispuesta por el a quo. Regístrese, comuníquese y remítase al tribunal de origen mediante pase digital, sirviendo la presente de atenta nota de envío."
¿Cómo votaron los jueces?
No se consignan votos en disidencia; la resolución está firmada por los Dres. Daniel Antonio Petrone y Gustavo M. Hornos.
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Leyes que cita
- Ley 24.390Justicia
- Ley 27.384Codigo procesal penal
- Ley 25.430Justicia
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