OBREGON, SEBASTIAN EX-2024-88003548 c/ GATE GOURMET ARGENTINA S.R.L. s/EJECUCION DE HONORARIOS
Ejecución de honorarios por actuación extrajudicial ante expediente administrativo por diferencias en “Conversión ley 26.341”. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a GATE GOURMET ARGENTINA S.R.L. a pagar $432.020 (4 UMA) al actor; además declaró las costas a cargo de la demandada y reguló honorarios de ambas partes (4 UMA y 3 UMA).
¿Quién es el actor?
Sebastián Obregón (letrado patrocinante del Sr. Guido Germán Caballero).
¿A quién se demanda?
GATE GOURMET ARGENTINA S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución y regulación de honorarios derivados de la actuación letrada del Dr. Obregón ante el expediente administrativo EX-2024-88003548-APNDSCLO#MT, vinculado a reclamos por falta de actualización del concepto “Conversión ley 26.341” y convenios individualizados que reconocieron sumas por diferencias salariales, en los que la empresa asumió pago de “costos, costas y honorarios” y luego incumplió.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda, condenando a la demandada a abonar al actor la suma de $432.020 (4 UMA) dentro del quinto día de quedar firme la sentencia; se declararon las costas a cargo de la demandada; y se regularon los honorarios de la representación y patrocinio letrado de la parte actora y de la demandada en $432.020 (4 UMA) y $324.015 (3 UMA) respectivamente, a valores vigentes al pronunciamiento. Se precisó que las regulaciones son omnicomprensivas de las tareas y que no incluyen el IVA, el cual deberá adicionarse si corresponde.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
I.- "En primer término, cabe señalar que la actuación del aquí reclamante en carácter de letrado patrocinante del Sr. Guido Germán Caballero en el marco del expediente administrativo EX-2024-88003548-APNDSCLO#MT se encuentra acreditada con las constancias obrantes en el sistema de gestión (v. Expediente incorporado el 05/10/2026). Asimismo, del acta de acuerdo obrante en el expediente referido surge que la empresa GATE GOURMET ARGENTINA SRL se obligó a pagar la suma de $2.000.000 en concepto de “tickets - conversión Ley 26.341” y que asumió el pago de los "costos, costas y honorarios"."
II.- "Por lo expuesto, teniendo en consideración el mérito, calidad y extensión de las labores realizadas por el Dr. Sebastián Obregón en el patrocinio letrado del Sr. Guido Germán Caballero en el marco del expediente administrativo EX-2024-88003548-APNDSCLO#MT., corresponde regular los honorarios en la suma actual de $432.020 (4UMA), fijados a la fecha del presente pronunciamiento, que se encuentran a cargo de la demandada (arts. 21, 51, 55 y ccs. Ley 27423 y art. 1255 CCyCN - Cfr. Res. Vigente 2622/2026)."
III.- "Las costas del presente, se declaran a cargo de la demandada vencida (cfr. art 68 CPCCN). Los honorarios correspondientes a la representación y patrocinio letrado de las partes actora y demandada, teniendo en cuenta lo normado por los arts. 19, 20, 21 y cc de la ley 27.423 y art. 1255 CC los fijo en $432.020 (4 UMA) y $324.015 (3UMA) respectivamente (valor UMA conforme Res. 2622/26 Vigente $108.005). Asimismo, en caso de corresponder, deberá adicionarse el impuesto al valor agregado conforme pronunciamiento de la C.S.J.N."
¿Cómo votaron los jueces?
No consta voto en disidencia en el dispositivo.
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Leyes que cita
- Ley 26.341Regimen del contrato de trabajo
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 26.994Codigo civil y comercial de la nacion
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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