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Primera Instancia

BARRIENTOS, ELSA ENRIQUETA c/ BET CLEAN S.R.L. s/DESPIDO

Demanda laboral por despido e incumplimientos laborales contra BET CLEAN S.R.L. El Juzgado nacional de primera instancia hizo lugar a la demanda, declaró el despido como sin causa, condenó a la empleadora al pago de $1.383.627,54 más intereses y obligaciones de entrega de certificados y certificaciones, con costas para la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO NACIONAL DE 1RA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO. 69
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 042968/2021
Indemnizacion Despido Horas extras Vacaciones no gozadas Certificados de trabajo Liquidacion indemnizatoria Ley 25.323 Art. 247 lct Dnu 34/2019 Art. 245 lct

¿Quién es el actor?

BARRIENTOS ELSA ENRIQUETA.

¿A quién se demanda?

BET CLEAN S.R.L.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones por despido (art. 245 LCT y demás rubros), pago de salarios y horas extraordinarias adeudadas, entrega de certificados de trabajo y certificaciones de servicios y remuneraciones.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda; se condenó a BET CLEAN S.R.L. a pagar a la actora la suma de $1.383.627,54 dentro del quinto día mediante depósito judicial, con intereses desde la fecha del despido (12.01.2021) hasta el efectivo pago, se ordenó la entrega del certificado de trabajo y las certificaciones de ANSES y se impusieron las costas a la demandada. Asimismo se regularon honorarios a favor de las partes conforme a lo dispuesto en la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Es así que las razones invocadas en fuerza mayor o la falta o disminución de trabajo deben acreditarse mediante elementos objetivos, fehacientes y ajenos a la voluntad del empleador, no bastando meras alegaciones genéricas o invocaciones de dificultades económicas. En consecuencia, la valoración judicial exige ponderar si la prueba producida demuestra de manera clara y suficiente la existencia de circunstancias inevitables e imprevisibles que justifiquen la aplicación de la norma, bajo el entendimiento de que el riesgo empresario no puede trasladarse al trabajador sin fundamento sólido."

"De la valoración conjunta de las probanzas examinadas conforme a las reglas de la sana crítica, se colige que la empleadora no ha logrado acreditar los requisitos objetivos exigidos por el art. 247 de la LCT. La mera invocación de una crisis económica general o la pérdida de objetivos donde la empresa prestara servicios o de rescisión del contrato, constituyen vicisitudes inherentes al riesgo empresario, el cual resulta intransferible al trabajador dependiente. La falta de acreditación concreta atinente al marco señalado en los párrafos precedentes conduce a que deba ser desestimada la pretensión orientada a la aplicación del art. 247 de la LCT por lo que cabe el encuadre en el art. 245 y cctes. de la misma ley."

"Todo lo expuesto, hace que resulte procedente la demanda en cuanto reclama la procedencia de la indemnización prevista en el art.245 de la L.C.T."

Liquidación practicada (parte esencial del decisorio): "La acción prosperará por las siguientes sumas y conceptos: Ind. por antigüedad $ 400.301.-; Ind. sustitutiva del preaviso $ 72.782.-; SAC sobre preaviso $ 6.065,16; Integración del mes de despido $ 22.304,16.-; SAC sobre integración mes despido $ 1.858,68; Remuneración días del mes de despido $ 14.086,84; Vacaciones proporcionales con SAC $ 993,47.-; SAC proporcional 1er. Semestre 2021 $ 1.096,72.-; Art. 2 Ley 25.323 $ 251.655,50.-; Art. 80 LCT $ 109.173.-; DNU 34/2019 (DNU 528/2020) $ 503.311,01. Total $ 1.383.627,54."

¿Cómo votaron los jueces?

No hubo votos en disidencia (sentencia de un solo juez).

Normas que cita

Fallos que cita

  • "Pérez, Aníbal Raúl c/ Disco S.A."CSJN · 01/09/2009
  • "González, Martín Nicolás c/ Polimat S.A. y otro"CSJN · 19/05/2010
  • "Díaz Paulo Vicente c/ Cervecería y Maltería Quilmes S.A."CSJN · 04/06/2013

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