Legajo Nº 5 - IMPUTADO: GUALPA, ERIC ELIÁN s/LEGAJO DE EJECUCION PENAL
Control judicial de calificación carcelaria solicitado por la defensa contra la nota de concepto del interno; la Cámara confirmó la calificación otorgada por el Servicio Penitenciario Federal porque los informes y acta acreditan cinco sanciones firmes y soporte técnico suficiente para la valoración administrativa.
¿Quién es el actor?
Defensa de Eric Elián Gualpa (peticionando la revisión de la calificación).
¿A quién se demanda?
Autoridades del Servicio Penitenciario Federal (calificadoras) y Ministerio Público Fiscal (interviniente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión judicial de la calificación de "concepto" correspondiente al tercer trimestre de 2026, solicitando aumento de dos puntos (fijarla en Concepto Dos - "Malo" según la petición de la defensa).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la solicitud de modificación de la calificación de “concepto” promovida por la defensa y se confirmó la calificación otorgada por las autoridades del Servicio Penitenciario Federal correspondiente al tercer trimestre 2026.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El art. 3 de la ley 24.660 dispone que la ejecución de la pena será sometida a permanente control judicial, y el art. 4 inc. a) habilita a resolver cuando se alegue vulneración de derechos constitucionales. Conforme CSJN 'Romero Cacharane' (Fallos 327:388), el principio de judicialización implica que las decisiones de la autoridad penitenciaria quedan sometidas a control judicial permanente. Es por ello que considero que la cuestión debe ser revisada judicialmente."
"Adelanto que no se evidencia arbitrariedad alguna por parte del SPF. A diferencia de lo alegado, la calificación sí se encuentra motivada en los documentos incorporados: programa de tratamiento individual, acta de calificación y planilla de fundamentación... Si bien, no se cuenta con la resolución del Consejo Correccional, se han incorporado al legajo con la totalidad de los fundamentos de cada área, que constituyen el sustento del acto."
"El informe técnico criminológico es contundente: mediante Acta 39/26 de fecha 27/8/26 se procedió a disminuir su calificación conductual en razón de cinco correctivos disciplinarios que adquirieron firmeza en el presente trimestre: EX-2025-98991147 - art. 18 inc. B - falta grave; EX-2025-97684913 - art. 18 inc. B - falta grave; EX-2025-44495616 - art. 17 inc. D - falta media; EX-2025-02176113 - art. 17 inc. B - falta media; EX-2025-06884215 - art. 17 inc. B - falta media."
"Que, consecuentemente, no puede pretenderse el aumento de la nota conceptual, cuando registra cinco sanciones firmes, se encuentra en etapa de cumplimiento -no de logro- de objetivos, y los informes de Asistencia Social y Seguridad Interna describen de modo coincidente falta de compromiso sostenido, escasa autocrítica y desempeño deficiente en pautas de convivencia."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia en la parte resolutiva; la decisión corresponde al juez firmante por el Tribunal Oral Penal Económico 2.
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Normas que cita
Fallos que cita
- "Romero Cacharane"CSJN · Fallos 327:388
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