MARTINEZ OMAR JORGE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Martínez reclamó reajustes varios de haberes previsionales contra ANSES, incluyendo revisión de la Prestación Básica Universal (PBU) y topes reglamentarios. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada (diferimiento de impugnación de topes para ejecución) y confirmó la sentencia en lo demás, confirmó la imposición de costas conforme al art. 68 del CPCCN y fijó honorarios de alzada del 30% para la dirección letrada de la actora.
¿Quién es el actor?
Martínez Omar Jorge (parte actora).
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haberes previsionales —revisión del método de actualización de remuneraciones para cálculo de Prestación Compensatoria (PC), Prestación Adicional por Permanencia (PAP), Ingreso Base (IB); reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU); impugnación de topes de haberes (art. 26 ley 24.241 y art. 14 Res. SSS 6/09); inconstitucionalidad de leyes 27.426, 27.541 y 27.609; controversia sobre costas e intereses.
¿Qué se resolvió?
El tribunal resolvió: rechazar el recurso interpuesto por la parte actora; hacer lugar parcialmente al recurso deducido por la parte demandada y, por ello, a) diferir para la etapa de ejecución el cuestionamiento sobre aplicación de topes de haberes conforme al considerando IV; b) confirmar lo resuelto en torno a las costas en la instancia de grado tal como indicaron los considerandos; 2) confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios; 3) costas por su orden en la Alzada; y 4) determinar honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior (ver Parte Resolutiva transcripta arriba).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que por tales motivos corresponde rechazar la pretensión de la accionante y confirmar la actualización de las remuneraciones que sirven de base para el cálculo de la PC, PAP e IB según corresponda, en base el método indicado en la ley 27.426 y concordantes."
"Por lo expuesto, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida."
"Así las cosas, para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—)... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."
"Ha de señalarse que, en los casos que resulte pertinente, se tendrán en cuenta las pautas sentadas por C.S.J.N. in re 'Actis Caporale' Fallos 323:4216."
"En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."
¿Cómo votaron los jueces?
"La Dra. Alicia I. Braghini deja a salvo su opinion respecto a las siguientes cuestiones:" —la vocal Braghini formula reservas sobre criterios relativos al recalculo del haber inicial y la actualización del componente PBU, quedando dichas opiniones a salvo (no alteran la decisión mayoritaria aquí transcripta).
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Leyes que cita
- Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion
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