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Cámara de Apelaciones

GUELMAN RAUL MIGUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a ANSES solicitando reajustes varios, entre ellos la revisión del valor de la Prestación Básica Universal (PBU) y la incorporación de bonos/refuerzos previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social desestimó los recursos de ambas partes y confirmó la sentencia de primera instancia, reconociendo un test de incidencia para el reajuste de la PBU (umbral del 15%) y rechazando la inconstitucionalidad de las leyes y decretos impugnados.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 050304/2025/CA001
Inconstitucionalidad Costas y honorarios Movilidad Anses Reajuste previsional Pbu Bonos previsionales Ley 27.609 Ley 27.541 Dnu 274/24

¿Quién es el actor?

GUELMAN RAUL MIGUEL (actor).

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios sobre haberes previsionales; en particular, reclamo de revisión y reajuste de la Prestación Básica Universal (PBU), impugnación de las leyes 27.541 y 27.609 y decretos reglamentarios (incluido DNU 274/24), y pedido de incorporación de bonos/refuerzos previsionales al haber.

¿Qué se resolvió?

Se desestimaron los recursos deducidos por ambas partes y se confirmó la sentencia de grado en lo que fue materia de agravios. Se impusieron costas en la Alzada por su orden y se fijaron honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se estipule para la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Los bonos previsionales no constituyen un componente del haber, sino una compensación excepcional, inmediata y focalizada que, no obstante su carácter transitorio, se ha extendido en el tiempo y ha estado destinada a atender la pérdida del poder adquisitivo de las prestaciones mínimas. Su reiteración constituye, por tanto, un elemento que no puede ser soslayado al momento de efectuar el análisis integral de la PBU, pues evidencia una insuficiencia en la determinación del valor inicial de la Prestación Básica Universal como componente del haber mínimo."

2) "En consecuencia, corresponde reconocer el derecho a la revisión del valor de la Prestación Básica Universal, de conformidad con lo resuelto en el fallo de esta Sala 'Sadofschi Carlos Alberto c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', contemplando asimismo el precedente 'Quiroga' citado en cuanto a la pauta de confiscatoriedad allí establecida... para verificar la incidencia porcentual, la merma cuantificada será valorada teniendo en cuenta la diferencia entre la PBU reajustada y la inicial, en relación con el haber total del beneficio actual (PBUsr + PC + PAP —de caja o recalculado, según corresponda—)... determinado que sea el resultado igual o superior a 15, corresponderá el reajuste de la prestación bajo análisis."

3) "Consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dres. Braghini deja a salvo su opinión en varios extremos procesales y de fondo (por ejemplo, criterio previo sobre índice aplicable para PBU y algunas consideraciones sobre la ley 27.609), pero la resolución final fue por mayoría y la disidencia fue aclarada en su voto particular; la decisión que importa es la del acuerdo mayoritario.

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