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Cámara de Apelaciones

CISNEROS ANGEL MERCEDES c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor promovió demanda contra ANSeS por reajustes varios, incluyendo actualización de PBU, recálculo de haberes y demás componentes previsionales. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada y, en lo demás, confirmó la sentencia de grado; además resolvió las costas y fijó honorarios de la dirección letrada en el 30% de lo que se estipule en la instancia anterior.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 3
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 000423/2024/CA001
Costas Honorarios Seguridad social Reajustes Pbu Movilidad previsional Ley 27.609 Anses. Inconstitucionalidad (rechazo) Isbic/ripte

¿Quién es el actor?

Cisneros Ángel Mercedes (parte actora).

¿A quién se demanda?

ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios; reclamo de recalculo del haber inicial (remuneraciones históricas), actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), revisión de la aplicación de la ley 27.609 y sus pautas de movilidad, impugnación de topes, exención del impuesto a las ganancias y costas, entre otros gravámenes y rubros conexos.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, la Cámara rechazó el recurso de la actora y hizo lugar parcialmente al recurso de la demandada; confirmó la sentencia de primera instancia en lo demás que fue materia de agravios. Confirmó la solución en torno a las costas en la instancia de grado según art. 68 del CPCCN salvo que de la liquidación surjan sumas a favor del actor (en cuyo caso las costas se fijarán a la vencida), dispuso costas en la alzada por su orden y fijó los honorarios de la dirección letrada de la actora en el 30% de lo que se otorgue en la instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

1) "Que en tales condiciones los índices elegidos por el legislador –índice Nivel General de las Remuneraciones (INGR) hasta el 31 de marzo de 1995, luego del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) hasta el 30 de junio de 2008, desde allí las equivalentes a las movilidades establecidas en la ley 26.417 hasta la sanción de la ley 27.426, y a partir del 1º de marzo el índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE)-, dan adecuada respuesta en el caso, por cuanto no surgen periodos sin actualización y en su construcción se tuvieron en cuenta indicadores de alcance general que, prima facie valorados, no se presentan irrazonables ni arbitrarios."

2) "Por lo expuesto, teniendo en cuenta la finalidad descripta, condicionar su ajuste a la modificación de las otras variables que integran el haber previsional, sin tener presente lo referente a los suplementos, generaría una distorsión y colisión con el principio de igualdad consagrado en el art. 16 de la C.N., por cuanto por ello, independientemente del monto que resulte de la modificación de la PC y/o PAP, aún cuando su resultado fuera insignificante, de acuerdo a todo lo señalado, habilitaría a revisar el valor de la PBU, por el perjuicio del colectivo de beneficiarios."

3) "En atención a lo expuesto, en caso de que surjan de la liquidación a practicarse sumas a favor del actor, las costas deberán ser establecidas a la vencida en los términos del art. 68 primera parte del CPCC; siendo que, en el caso contrario, deberán establecerse en el orden causado (cfr. Art. 36 ley 27.423)."

¿Cómo votaron los jueces?

La Dra. Alicia I. Braghini dejó a salvo su opinión respecto de varias cuestiones (entre ellas, el índice aplicable para la actualización de la PBU y el alcance de Elliff), consignándose en el texto que mantiene criterios propios; ello fue expresado como voto particular o reserva y no modificó la decisión de la mayoría.

Leyes que cita

  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 27.426Reforma previsional
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Ley 17.454Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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