PEDRETTI MARIA DEL ROSARIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando reajustes varios sobre su haber previsional. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora y hizo lugar al de la demandada, revocó la sentencia de primera instancia y dispuso el rechazo íntegro de la demanda por considerar ajustadas a la Constitución las medidas de emergencia y la razonabilidad del régimen aplicable.
¿Quién es el actor?
Pedretti María del Rosario (actora).
¿A quién se demanda?
ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reclamo de reajustes varios —redeterminación del haber inicial y aplicación de la movilidad (incluye reclamos por diferencias de enero-febrero 2021, prescripción, aplicación de la ley 27.609, exención del impuesto a las ganancias, tasa de interés, etc.).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por la actora y se hizo lugar al recurso de la demandada; en consecuencia, se revocó la sentencia de primera instancia y se dispuso el rechazo, en todas sus partes, de la demanda. Se impusieron costas por su orden y se fijaron honorarios de la representación letrada de la actora en $324.015 (3 UMA).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que este tribunal ha desestimado los embates dirigidos a cuestionar la validez de la emergencia sancionada por el Congreso Nacional a través de la ley 27.541, y de los decretos dictados en consecuencia por el Poder Ejecutivo Nacional en función de la delegación legislativa realizada, por no evidenciarse vulneración al mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
"En atención a lo expuesto, las medidas adoptadas en relación a la movilidad no resultan susceptibles de descalificación, visto que la mentada emergencia fue definida por el Congreso Nacional y de conformidad a los precedentes jurisprudenciales mencionados ut supra, por lo que deviene improcedente aplicar a los haberes de enero y febrero 2021 ... el pago de la diferencia porcentual que pudiera existir en su caso, entre los aumentos abonados durante el año 2020 por ese concepto y los que hubieren correspondido en función de la ley suspendida y reemplazada."
"En el abordaje de la delicada cuestión a resolver, no debe perderse de vista, en primer lugar, que la declaración de inconstitucionalidad constituye la más delicada de las funciones susceptibles de encomendarse a un tribunal de justicia... por lo que no cabe formularla sino cuando un acabado examen del precepto conduce a la convicción cierta de que su aplicación conculca el derecho o garantía constitucional invocados..."
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Alicia I. Braghini dejó a salvo su criterio, expresando posicionamientos propios sobre la vigencia de la ley 27.426 al 1-1-21 y la procedencia de abonar diferencias por enero y febrero de 2021, constituyendo su voto una postura separada que quedó manifestada pero no acompañó la resolución mayoritaria.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Leyes que cita
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.541Emergencia publica
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.