RAMOS TRASMONTE OSCAR ALEJANDRO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Reajustes diversos de jubilación y liquidación de haberes fueron reclamados contra ANSES por el actor. La Cámara Federal de la Seguridad Social revocó parcialmente la sentencia de grado y, entre otras medidas, declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en caso de que la aplicación de topes genere una quita superior al 15%, diferió el tratamiento de la PBU y del art. 26 de la Ley 24.241 para ejecución y declaró inaplicables varias normas reglamentarias.
¿Quién es el actor?
RAMOS TRASMONTE OSCAR ALEJANDRO.
¿A quién se demanda?
ANSES.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajustes de haber previsional (cálculo del haber inicial, actualización de aportes —incluidos aportes autónomos—, tratamiento de la Prestación Básica Universal, aplicación de topes y deducciones, impuesto a las ganancias, intereses, costas y honorarios).
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó parcialmente la sentencia de grado y confirmóla en lo demás; difirió el tratamiento de la PBU y del art. 26 de la Ley 24.241 para la etapa de ejecución; declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 si en la liquidación la aplicación de topes produce una quita superior al 15%; declaró inaplicable el art. 4.4 de la Resolución SSS nro. 3/2021 y la escala de deducción del art. 9 inc. 2) de la Ley 24.463 respecto del haber del actor; impuso costas a la demandada vencida; reguló honorarios por la alzada en 30% sobre lo fijado en primera instancia más IVA en caso de corresponder; y devolvió las actuaciones al juzgado de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En consecuencia se declara la inconstitucionalidad del art. 9 Inc 3) de la Ley 24.463 (conf Fallo: CSJN 'Rapisarda José León c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', Sent. Fecha 06/08/2015, R. 680. XLVI. RHE ) en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredita que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% -límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal en aquel precedente- y se revoca lo resuelto en la instancia de grado."
"En consecuencia, habíada cuenta que el art. 9 inc. 2) de la Ley 24463 dispone que la escala de deducción resulta aplicable para prestaciones otorgadas en virtud de leyes anteriores a la Ley 24.241 y que la parte actora adquirió su beneficio previsional al cobijo de esta última, el haber previsional del actor queda eximido de esta quita legal."
"Con relación al planteo referido a la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU), corresponde diferir el tratamiento para la etapa de ejecución."
¿Cómo votaron los jueces?
No existen votos en disidencia; la resolución reproduce el acuerdo de mayoría.
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Leyes que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463Solidaridad previsional
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