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Cámara de Apelaciones

DAMBORIANA PABLO GONZALO c/ CAJA DE RETIROS JUBILAC.Y PENS.DE LA POLICIA FEDERAL Y OTRO s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Reclamó el actor el reconocimiento remunerativo y bonificable de suplementos del Decreto 836/08 y sus ampliatorios. La Cámara revocó parcialmente el plazo de cumplimiento ordenado en primera instancia y confirmó el resto de la sentencia, imponiendo costas a la demandada y regulando honorarios.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 001800/2024/CA001
Costas Prescripcion Plazo de cumplimiento Prevision presupuestaria Suplementos Bonificable Remunerativo Policia de seguridad aeroportuaria Decreto 2140/13 Decreto 836/08

¿Quién es el actor?

DAMBORIANA PABLO GONZALO.

¿A quién se demanda?

CAJA DE RETIROS JUBILACIONES Y PENSIONES DE LA POLICIA FEDERAL y otro (Caja/ente gestor).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del carácter remunerativo y bonificable de suplementos/compensaciones previstos por los Decretos 836/08, 2140/13 y sus ampliatorios (suplementos por vivienda, zona, vestimenta, actividad riesgosa, racionamiento, exigencia del servicio), con más los retroactivos e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en todos sus extremos excepto en el plazo de cumplimiento, que revocó parcialmente y ordenó que la demandada, una vez firme el decisorio, efectúe la previsión presupuestaria correspondiente y la acredite en autos conforme la normativa aplicable; además impuso costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios (textualmente conforme al dispositivo transcripto).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En consecuencia, teniendo presente que los suplementos en cuestión son percibidos por casi la totalidad del personal que se desempeña y presta servicios en la Policía de Seguridad Aeroportuaria, situación que refleja la generalidad que poseen los mismos, no hay duda alguna de que estos deben ser trasladados al personal retirado."

"Respecto a las compensaciones y suplementos sometidos aquí a estudio, se ha expedido la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Martínez, José Domingo Y Otros C/EN – Mº Seguridad – PSA s/ personal militar y civil de las FFAA y de Seg” (CAF 48697/2017/CA1-CS1), sentencia de fecha 24 de septiembre de 2024, en donde, por mayoría ... corresponde incluir en el haber mensual con carácter bonificable los suplementos “por actividad riesgosa” y “por exigencia del servicio de seguridad aeroportuaria...."

"En relación al plazo de cumplimiento establecido en el decisorio de grado, se revoca lo establecido y se ordena a la demandada que a partir del momento en que adquiera firmeza el decisorio de conocimiento, deberá efectuar la previsión presupuestaria correspondiente y acreditarla en la causa con la documentación pertinente, de conformidad a lo establecido en la normativa aplicable para la cancelación de créditos provenientes de pronunciamientos judiciales que condenan al Estado Nacional o a sus organismos públicos, al pago de las sumas de dinero (conf. Art. 22 de la ley 23.982 y art. 170 de la ley 11.672 actualizada y ordenada por el decreto 740/2014)."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el dispositivo final; la decisión se adoptó en concordancia con los considerandos expuestos.

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