PIUMA MONICA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando la actualización del haber previsional y la aplicación de pautas de cálculo por confiscatoriedad. El Juzgado hizo lugar parcialmente al reclamo, declaró aplicable la metodología de actualización fijada y ordenó recalcular y pagar el haber y retroactivos, admitiendo la prescripción en parte y difiriendo el test del art. 9 de la ley 24.463 para ejecución.
¿Quién es el actor?
PIUMA MÓNICA TERESA (parte actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste/actualización del haber previsional (PBU, Prestación Compensatoria, Prestación Adicional por Permanencia), impugnación de disposiciones de las leyes 24.241, 24.463 y otras, y reserva del caso federal.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda y a la defensa de prescripción deducida por ANSES en los términos del art. 82 de la ley 18.037; se ordenó a ANSES que abone el haber recalculado y el retroactivo conforme a las pautas fijadas en la sentencia dentro de 120 días; se difirió el tratamiento del art. 9 de la ley 24.463 para la ejecución; se dispuso que las sumas se abonen íntegramente sin quita alguna; se impusieron las costas a la parte demandada; y se diferió la regulación de honorarios para la etapa de ejecución. (La decisión coincide con lo dispuesto en el bloque dispositivo transcripto arriba.)
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En relación a la cuestión de fondo, cabe recordar que en la determinación del haber mensual de la PBU no entran directamente en juego las remuneraciones del afiliado, sino que ésta está constituida por un monto fijo, determinado por el legislador en la ley 26.417 (B.O. 16/10/08). De este modo queda eliminada toda referencia al valor del MOPRE al que el anterior artículo 20 de la ley 24.241 se remitía."
"ordénese la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín' del 26.11.07 y luego los aumentos generales de ley y sus modificatorias, en la medida que la aplicación del mismo arroje una diferencia superior al 15% -respecto del monto total del haber- y por la cual corresponde entonces se actualice la PBU y se proceda al pago de la misma. Por lo expuesto corresponde efectuar el siguiente cálculo: PBU (reajustada) – PBU (sin reajustar) = 'X'. A ese importe 'X' dividirlo por el HABER INICIAL REAJUSTADO según sentencia: (PBU (sin reajustar) + PC (reajustada) + PAP (reajustada) = 'XX' importe que multiplicado por 100 arroja finalmente el porcentaje % correspondiente, el cual deber ser mayor a 15."
"En cuanto al retroactivo a generarse, la Sala II de la CFSS in re 'Vicente, Elisa Nélida c/Anses s/ Ejecución Previsional' (Sent. Int. del 26/2/10) dispuso que: 'No corresponde afectar impositivamente el saldo retroactivo percibido en concepto de diferencias por prestaciones previsionales mal abonadas. Ello así, pues ninguna duda cabe que la percepción de las acreencias de esta naturaleza no puede constituir nunca un hecho imponible, y menos todavía ser pasibles de gravamen alguno, sin colocar en serio riesgo el principio de integridad del que gozan las prestaciones previsionales'."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra voto en disidencia; el decisorio aquí transcripto es el que resuelve.
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 19, 20, 24, 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 9, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
- Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.476Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 25.865Iva - monotributo
- Ley 25.994art. 6 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 18.037arts. 82, 49 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 18.038art. 36 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 26.222art. 2 (mod.) · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Decreto 1058/17
- Resolución 955/08 (ANSeS)
- Resolución SSS 6/2009
Fallos que cita
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