FERNANDEZ ESTELA NOEMI c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora demandó a ANSES solicitando el recálculo y pago de diferencias por la determinación del haber previsional inicial. El Juzgado Federal de la Seguridad Social hizo lugar parcialmente a la demanda, dejó sin efecto la resolución administrativa impugnada y ordenó a ANSES recalcular y liquidar el haber inicial y las acreencias retroactivas en 120 días.
¿Quién es el actor?
ESTELA NOEMI FERNANDEZ.
¿A quién se demanda?
ADMINISTRACION NACIONAL DE SEGURIDAD SOCIAL (ANSES).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Se solicita dejar sin efecto la resolución que denegó el reajuste de haberes, ordenar el recálculo y la liquidación del haber previsional inicial (PBU, PC, PAP) y el pago de las diferencias retroactivas; impugnación de mecanismos de determinación del haber inicial y del sistema de movilidad; pedido de declaración de inconstitucionalidad de normas vinculadas.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar parcialmente a la demanda, se dejó sin efecto la resolución impugnada y se ordenó a ANSES, dentro de los 120 días indicados, practicar la liquidación conforme a los considerandos y, de obtener diferencias, poner al pago el haber inicial recalculado y efectuar los requerimientos presupuestarios para cancelar las acreencias retroactivas; se declararon las costas por su orden y se diferió la regulación de honorarios hasta existir suma líquida aprobada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
1) "En primer orden, declarar abstracta la excepción de prescripción deducida por la demandada, atento la fecha de adquisición del beneficio y de interposición del reclamo administrativo."
2) "Atento a lo resuelto por el Alto Tribunal en el fallo “Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios, sentencia del 11 de noviembre de 2014, corresponde diferir el cálculo a los fines de verificar la confiscatoriedad para la etapa de ejecución (conf. C.S.J.N. in re “Actis Caporale”, Fallos 323:4216). Sin perjuicio de ello, por los principios de economía y celeridad procesal, estimo prudente determinar en esta etapa la pauta correspondiente a los fines de la actualización y el método de cálculo de la confiscatoriedad."
3) "A fin de verificar los extremos requeridos por la Excma. C.S.J.N. in re “Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes Varios” ... se deberán efectuar las siguientes operaciones: 1) Establecer la diferencia entre la P.B.U. redeterminada según las variaciones anuales del índice de salarios... 2) Una vez establecido ello, deberá determinar el porcentaje de confiscatoriedad... 3) De resultar el porcentaje confiscatorio (mayor al 15%) ... corresponderá proceder a la redeterminación de la P.B.U. ... y declarar la inconstitucionalidad del art. 20 de la ley 24.241 modificado por la ley 26.417."
4) "En cuanto a los servicios autónomos... Asiste razón a la peticionante ... las categorías finalmente consideradas pueden no reflejar el verdadero aporte efectuado por el accionante..." y cita: "… Si la ley autoriza a realizar voluntariamente aportes mayores al mínimo exigido ... ese esfuerzo debe verse reflejado, obviamente, en el monto del haber, pues de lo contrario, la norma respectiva resultaría violatoria de garantías constitucionales..." (cfr. C.S.J.N., 'Volonté, Luis Mario', sent. del 28.3.85, Fallos 307:274).
5) Sobre utilización de moratorias: "Diferente tratamiento merece los servicios computados obtenidos mediante el acogimiento a un régimen de facilidades de pago (Moratoria/Sicam) ... no corresponde para ellos actualización alguna."
6) "Las diferencias resultantes desde que cada suma es debida y hasta el efectivo pago devengarán intereses a la Tasa Pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. C.S.J.N., ... 'Spitale, Josefa Elida c/ Anses s/ Impugnación de Resolución Administrativa', sent. del 14 de septiembre de 2004)."
¿Cómo votaron los jueces?
No se registra disidencia; la resolución es dictada por la Sra. Jueza Federal María Gabriela Janeiro y el bloque dispositivo final es el que opera como decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 17, 19, 20, 23, 24, 30, 24 c, 24 b, 30 b, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.970Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.417art. modificación art.20; art.2 (mencionado) · Prestaciones previsionales
- Ley 27.609art. 4 (modifica art.2 ley 26.417) · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.423art. 23 inc. c; art.36 (mencionada) · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 24.476art. 3 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 25.994art. remite a ley 25.865 · Jubilaciones y pensiones
- Ley 25.865art. 41 · Iva - monotributo
- Ley 24.463art. 9 inc.3 · Solidaridad previsional
- Ley 27.541art. 2 (mencionado) · Emergencia publica
- Decreto 274/24
- Resolución SSS 03/21
- Resolución S.S.S. 06/2009
- Resolución Gral. AFIP 1624/04art. Anexo 1
- Decreto-ley DNU 157/2018
Fallos que cita
- Quiroga, Carlos Alberto c. Anses s. Reajustes VariosCSJN · 11/11/2014
- Actis CaporaleCSJN · Fallos 323:4216
- Volonté, Luis MarioCSJN · 28/03/1985 · Fallos 307:274
- Makler, Simón c. Anses s. Inconstitucionalidad ley 24.463CSJN · 20/05/2003
- Spitale, Josefa Elida c/ Anses s/ Impugnación de Resolución AdministrativaCSJN · 14/09/2004
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