Liga Agrícola Ganadera Cooperativa Limitada c/Torti de Zanardelli, Julia y otros s/Cobro de pesos
La actora promovió demanda por cobro de pesos contra los herederos de Quintino Zanardelli y Julia Zanardelli. La Corte hizo lugar al recurso extraordinario de nulidad por omisión en el tratamiento de la cuestión esencial sobre la suspensión/interrupción de la prescripción, anuló la sentencia de la Cámara y remitió autos al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento.
¿Quién es el actor?
Liga Agrícola Ganadera Cooperativa Limitada, por apoderado.
¿A quién se demanda?
Julia Zanardelli de Torti y sucesores de Quintino Zanardelli (Claudio Fabián y Gustavo Zanardelli).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de pesos (acción de cobro de pesos).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar al recurso extraordinario de nulidad interpuesto por la actora; se anuló el fallo de la Cámara de Apelación que, por mayoría, había hecho lugar a la excepción de prescripción; y se remitieron los autos al tribunal de origen para que, integrado como corresponda, dicte nuevo pronunciamiento. Asimismo se ordenó restituir el depósito previo al interesado.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Del dictamen del Subprocurador General: "La parte actora vencida -por apoderado- dedujo recurso extraordinario de nulidad el que funda en la violación de los artículos 163 inc. 6º, 164, 266 y conc. del C.P.C.C.; 168 y 171 de la Constitución de la Provincia de Bs. As... En su sustento sostiene que el voto que hace mayoría en la sentencia omitió pronunciarse sobre el efecto producido por la intimación de fs. 11 respecto del curso de la prescripción de la acción en los términos de lo dispuesto por el art. 3986 del C.C. tal como expuso al responder el traslado de la excepción deducida (ver fs. 79)."
Sobre la omisión y su relevancia: "En tales condiciones entiendo que el planteo formó parte de la estructura del litigio e integró necesariamente el esquema jurídico que la sentencia de la Alzada debió atender para la solución del pleito... La lectura del pronunciamiento evidencia -como lo afirma el recurrente- que la Cámara... a la hora de decidir solo efectuó una confrontación temporal entre el fallecimiento del titular de la cuenta corriente y el inicio de las actuaciones, sin relacionar ni tangencialmente las circunstancias a las que hiciera mención el actor a fs. 79 y su posible incidencia en la cuestión."
En el voto mayoritario del Tribunal: "Ha dicho esta Corte que si el tema de la suspensión de la prescripción constituyó específicamente materia a decidir (oposición de excepción; réplica de la misma e invocación del supuesto de suspensión) indudablemente conformó cuestión esencial, al formar parte de la estructura del litigio e integrar necesariamente el esquema jurídico que la sentencia debe atender para la solución del pleito... Al omitir, entonces, el tratamiento de la citada cuestión, ha transgredido la alzada el art. 168 de la Constitución provincial, lo que habilita su anulación por esta Corte."
Petición decisoria: "deberá hacerse lugar al recurso extraordinario de nulidad interpuesto, anularse el fallo recurrido y enviar los autos al tribunal de origen para que, integrado como corresponda, dicte nuevo pronunciamiento (art. 298, C.P. C.C.). El depósito previo efectuado deberá restituirse al interesado."
¿Cómo votaron los jueces?
unanimidad de acuerdo en la solución (Pettigiani, Kogan, Genoud, Hitters y Soria) en el sentido de admitir el recurso y anular la resolución impugnada por omisión en el tratamiento de la cuestión esencial relativa a la interrupción/suspensión de la prescripción. Se adoptó asimismo el dictamen del Subprocurador General.
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