JurisprudenciaARG
Tribunal Superior

Barraza, marta isabel c/premier Servicio de Remises S.R.L. y otro s/Daños y perjuicios

Demanda por daños y perjuicios contra empresa de remises y conductor por accidente de tránsito. La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de nulidad de Premier al sostener que la sentencia apelada está fundada en ley y que la impugnación apunta a una valoración probatoria ajena a esta vía.

Fecha de la sentencia
Tribunal
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Fuero
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
AC-83738
Recurso extraordinario de nulidad Fundamentacion Valoracion probatoria Responsabilidad civil Remises Accidente de transito Inadecuacion de la via Art. 171 constitucion pba Art. 168 constitucion pba Costas.

¿Quién es el actor?

Marta Isabel Barraza.

¿A quién se demanda?

Premier Servicio de Remises S.R.L., Jesús Alfredo Viano y Héctor Walter Vaquero.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnización por daños y perjuicios por accidente de autos; la primera instancia hizo lugar a la demanda y la Cámara I, Sala II de Bahía Blanca confirmó la condena solidaria de los codemandados al pago de la indemnización.

¿Qué se resolvió?

La Suprema Corte, por mayoría unánime (Roncoroni, Negri, Pettigiani, Kogan, Genoud), rechazó el recurso extraordinario de nulidad interpuesto por Premier Servicio de Remises S.R.L., con costas (art. 298, C.P.C.C.).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Del dictamen del Subprocurador General:

"Liminarmente cabe descartar que no media, en el caso, ausencia de fundamentación en los términos del 171 de la Carta local, desde que el fallo se encuentra basado en ley, según surge de su mera lectura; sea cual fuere el acierto o mérito de su aplicación."

"Dicho ello, fácil resulta colegir que el agravio que motiva el alzamiento del quejoso -'no se puede tener por fundada una sentencia que se basa en una prueba inexistente'-, importa, en rigor, una típica alegación de índole probatoria tendiente a descalificar la apreciación que de las pruebas realizó la Alzada, y como tal, se halla detraída del ámbito de actuación propio de la presente vía."

"Por las razones expuestas, opino que V.E. debe proceder al rechazo del recurso intentado."

Del voto mayoritario / acuerdo de la Suprema Corte:

"En primer lugar porque el fallo está fundado en ley, lo que resulta de su mera lectura y, además, porque no concreta el recurrente cuáles serían las cuestiones esenciales supuestamente omitidas, con lo que el recurso extraordinario de nulidad se limita a su solo enunciado."

"El discurrir del quejoso se limita a cuestionar el acierto del tribunal al resolver de la manera en que lo hizo. La circunstancia planteada -de configurarse- constituiría un error de juzgamiento que, como es sabido, sólo puede abrir la instancia casatoria si se lo canaliza a través del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley o doctrina legal."

Finalmente, el dispositivo: "se rechaza el recurso extraordinario interpuesto; con costas (art. 298, C.P.C.C.)."

Otros datos relevantes:

El recurrente alegó que la sentencia atribuyó responsabilidad al conductor Viano con base en una prueba penal "inexistente"; la Corte entendió que tal crítica es de valoración probatoria y, por ello, impropia del recurso de nulidad.

Fechas: dictamen de la Procuración General 14 de agosto de 2003; acuerdo y sentencia de la Suprema Corte 9 de noviembre de 2005.

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.