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Cámara de Apelaciones

LAUREANO ABEL SILVERIO Y OTROS Y OTROS c/ EN-M° DEFENSA-ARMADA-DTO 1104/05 751/09 s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

Los actores promovieron cuestión relativa a la regulación de honorarios del Dr. Miguel Ángel Sánchez por actuación en la primera etapa del juicio y en la ejecución de sentencia contra el Ministerio de Defensa-Armada. La Cámara confirmó la regulación de honorarios apelada y aclaró que el importe no incluye IVA, que deberá ser depositado por la obligada si el beneficiario acredita condición de responsable inscripto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA V
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 015842/2011/CA002
Honorarios Ejecucion de sentencia Apelacion Regulacion de honorarios Iva Ministerio de defensa Ley 27.423 Ley 21.839 Camara contencioso administrativo federal sala v Patrocinio y apoderado

¿Quién es el actor?

Laureano Abel Silverio y otros.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Defensa - Armada (en el marco del Decreto 1104/05 y expedientes 751/09 s/Personal militar y civil de las FFAA y de Seg).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Impugnación/recursos relativos a la regulación de honorarios profesionales obrante a fojas 339, en particular los honorarios del Dr. Miguel Ángel Sánchez en su doble carácter de patrocinante y apoderado por su actuación en la primera etapa del juicio y por la ejecución de sentencia.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la regulación de honorarios apelada respecto de los honorarios del Dr. Miguel Ángel Sánchez, por haberse apelado únicamente por altos, y se aclaró que el importe no incluye IVA, por lo que, si el beneficiario acredita la condición de responsable inscripto, la parte obligada deberá depositar el impuesto junto con el monto del pago.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"I.- En función de la naturaleza del juicio, teniendo en consideración la calidad, eficacia y extensión de la tarea desarrollada, el resultado del proceso y el monto del juicio (sentencia de trance y remate de fs. 273 y liquidación aprobada a fs. 314), corresponde CONFIRMAR la regulación de honorarios apelada y obrante a fojas 339, respecto de los honorarios del Dr. Miguel Ángel Sánchez, en su doble carácter de patrocinante y apoderado de la parte actora, por su actuación en la primera etapa del juicio y por la ejecución de sentencia, por haber sido apelados únicamente por altos (arts. 6, 7, 9, 33, 37, 38 y ccdtes. de la ley 21.839 modificada por la ley 24.432 y arts. 16, 20, 21, 41 y ccdtes. de la ley 27.423 y resolución SGA 2622/2022 CSJN)."

"II.- Cabe dejar aclarado que dicho importe no se encuentra incluida suma alguna en concepto de Impuesto al Valor Agregado, por lo que –frente a la acreditación de la condición de responsable inscripto en dicho tributo, que oportunamente realice el beneficiario, la obligada respecto de dichos emolumentos deberá depositar el importe correspondiente a dicho tributo junto con el monto del pago. ASÍ SE DECIDE."

¿Cómo votaron los jueces?

No se consignan votos en disidencia en el dispositivo; firmaron por la Sala los Dres. Guillermo F. Treacy, Sergio G. Fernández y Jorge E. Morán.

Normas que cita

  • Ley 21.839arts. 6, 7, 9, 33, 37, 38 y ccdtes. · Aranceles y honorarios de abogados
  • Ley 24.432Honorarios profesionales
  • Ley 27.423arts. 16, 20, 21, 41 y ccdtes. · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Resolución SGA 2622/2022 (Csjn/nacional)
  • Acordada 6/2026 (Cámara Contencioso Administrativo Federal)
  • Reglamento para la Justicia Nacionalart. 109

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