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Cámara de Apelaciones

FIDEICOMISO YATAY 341 c/ EDESUR SA s/SERVIDUMBRE

Fideicomiso Yatay 341 promovió acción por servidumbre (acumulada a causa por expropiación/servidumbre administrativa). La Cámara Contencioso Administrativo Federal ordenó dejar constancia de la sentencia dictada en la causa acumulada y agregó copia digital de la misma, disponiendo su registración, notificación y devolución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CCF 009458/2019/CA002
Notificacion Expropiacion Servidumbre Acumulacion de causas Camara contencioso administrativo federal Registracion Copia digital Edesur s.a. Fideicomiso yatay 341 Acordadas 2/26 5/26

¿Quién es el actor?

FIDEICOMISO YATAY 341.

¿A quién se demanda?

EDESUR S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cuestión relativa a servidumbre (asunto acumulado con "Consorcio de Propietarios Yatay 343 c/EDESUR S.A s/Expropiación–Servidumbre Administrativa", causa Nº 28.607/2019).

¿Qué se resolvió?

Se ordenó dejar constancia de lo resuelto en la sentencia de la causa Nº 28.607/2019 (Consorcio de Propietarios Yatay 343 c/EDESUR S.A s/Expropiación–Servidumbre Administrativa), agregando copia digital de aquella, y se dispuso su registración, notificación y, oportunamente, devolución.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Estese a lo resuelto en el dia de la fecha en la sentencia dictada en la Causa Nº 28.607/2019, “Consorcio de Propietarios Yatay 343 c/EDESUR S.A s/Expropiación–Servidumbre Administrativa”, al que la presente causa se encuentra acumulada, y agréguese copia digital de aquella."

"A los fines del art. 109 del Reglamento para la Justicia Nacional, se hace constar que —por hallarse vacantes dos cargos de jueces de esta Sala— suscriben la presente el Dr. José Luis Lopez Castiñeira y el Dr. Jorge Eduardo Morán; quienes integran este Tribunal en los términos de las acordadas n° 2/26 y 5/26 de esta Cámara, respectivamente."

"Regístrese, notifíquese y, oportunamente, devuélvase."

¿Cómo votaron los jueces?

no constan votos ni disidencias en el texto presentado.

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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