JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

EN - M SEGURIDAD -PFA c/ PREVENCION ASEGURADORA DE RIESGOS DE TRABAJO SA s/PROCESO DE CONOCIMIENTO

La PFA demandó a Prevención ART por reintegro de sumas abonadas por accidente de un agente; la Cámara confirmó la sentencia de grado y rechazó la apelación, sosteniendo que el accidente encuadra como in itinere y que la aseguradora debía cubrir y reintegrar las prestaciones conforme al pliego de la licitación.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 032735/2018/CA001
Competencia Accidente in itinere Reintegro Art Comisiones medicas srt Policia federal Costas de alzada Ley 24.557 Contrato de afiliacion. Pliego de licitacion

¿Quién es el actor?

Estado Nacional – Ministerio de Seguridad – Policía Federal Argentina (PFA).

¿A quién se demanda?

Prevención Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (Prevención ART).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reintegro de sumas que la PFA afirma haber afrontado por las prestaciones médicas y dinerarias pagadas a raíz del accidente sufrido por el agente Carlos Alberto Villanueva el 05/05/2016.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso de apelación interpuesto por Prevención ART y se confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de agravios, con costas de Alzada a la demandada vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Por las razones expuestas y teniendo en cuenta los agravios impetrados, VOTO por: Rechazar el recurso interpuesto por Prevención ART y, en consecuencia, confirmar la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, con costas de Alzada a la demandada vencida (artículo 68, primer párrafo, del CPCCN, consid. 12)."

"En definitiva, toda vez que se encuentran acreditadas las circunstancias fácticas que permiten vincular el accidente con el desplazamiento de Villanueva desde su lugar de trabajo hacia su domicilio, y que la demandada no probó la interrupción o alteración del trayecto que invocó, el infortunio encuadra en el artículo 6º, inc. 1º, de la ley 24.557 y se encuentra, por ende, comprendido entre las contingencias que la aseguradora asumió en el artículo 9º del pliego, en tanto allí se incluyen los hechos vinculados directa o indirectamente con la prestación del servicio."

"De la lectura conjunta de esas disposiciones se desprende, entonces, que [el empleador asegurado] no está habilitado para promover, por derecho propio, el trámite de cuestionamiento del rechazo, que en la resolución se prevé como iniciado por el trabajador... Así planteada la cuestión, el reproche dirigido a la PFA por no haber transitado aquella vía no encuentra sustento en la normativa invocada por la recurrente..."

¿Cómo votaron los jueces?

no existen votos de disidencia en la parte resolutiva; se dejó constancia de ausencia por licencia del juez Duffy, pero los dos votos suscriptos (Morán y Vincenti) integran la mayoría que sostuvo la confirmación.

Leyes que cita

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