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Tribunal Superior

Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el Expte. Nº C-113.015/2018 (Tribunal Contencioso Administrativo – Sala I – Vocalía 1) Amparo Genérico: Asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur – Proconsumer, Comité del Consumidor -

Las actoras promovieron amparo genérico en defensa de consumidores contra la Municipalidad y el Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy por medidas municipales. El Superior Tribunal de Justicia revocó la sentencia que tuvo por desistida la acción por incomparecencia de las letradas y ordenó continuar el trámite previa intervención del Ministerio Público Fiscal, imponiendo costas a las letradas recurrentes.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Suprema Corte de Justicia / Superior Tribunal de Justicia (JUJUY)
Fuero
Suprema Corte de Justicia / Superior Tribunal de Justicia
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
CA-15037/2018
Defensa del consumidor Accion colectiva Ministerio publico fiscal Art. 52 l. 24.240 Orden publico Incomparecencia Desistimiento Costas Contencioso administrativo Revocacion de sentencia

¿Quién es el actor?

Asociación Protección Consumidores del Mercado Común del Sur – PROCONSUMER y Comité del Consumidor – CODELCO, representadas por las Dras. Alicia Chalabe y Claudia Cecilia González.

¿A quién se demanda?

Municipalidad de San Salvador de Jujuy y Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Amparo genérico / acción colectiva en materia de defensa del consumidor contra actos municipales (acción colectiva conforme art. 43 C.N. y art. 55 L. 24.240).

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por las letradas y se revocó la sentencia de la Sala Primera del Tribunal Contencioso Administrativo que había tenido por desistida la acción por incomparecencia; se remitieron las actuaciones al tribunal de origen para que continúe el proceso previa intervención del Ministerio Público Fiscal. Se impusieron las costas de la instancia de grado a las letradas recurrentes y las de la presente por el orden causado. Se difirió regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El art. 52 de la Ley de Defensa del Consumidor (en adelante LDC) en su segundo párrafo última parte establece que el Ministerio Público Fiscal, cuando no intervenga en el proceso como parte, actuará obligatoriamente como fiscal de la ley."

"La intervención dispuesta por el art. 52 es palmariamente diáfana y no admite –por su claridad y contundencia- mas que una sola interpretación: en todos los procesos judiciales en los que exista una relación de consumo, la intervención del Ministerio Público Fiscal, en cumplimiento de la misión que se le ha encomendado, es obligada (Cfr. Francisco Junyent Bas y otros, ob. cit. pág. 414)."

"Por los fundamentos expuestos, propongo hacer lugar al recurso de inconstitucionalidad interpuesto por las Dras. Alicia Chalabe y Claudia Cecilia González, en nombre y representación de las actoras y revocar la sentencia dictada por la Sala Primera del Tribunal Contencioso Administrativo del 28 de junio de 2018. Remitir las actuaciones al tribunal de origen a fin de que siga el proceso previa intervención del Ministerio Público Fiscal."

¿Cómo votaron los jueces?

Voto mayoritario del Dr. Sergio R. González con adhesión de los Dres. Federico F. Otaola y Clara D. L. de Falcone. No consta disidencia.

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