Recurso de Inconstitucionalidad interpuesto en Expte. Nº 16.011/2019 (Cámara de Apelaciones Civil y Comercial -Sala II- Vocalía 4) Recurso de Apelación en el Expte Nº C-120.701/2018 Desalojo: Vecile, Ada Rosa c/ Fernández, Rafael Gustavo; Ávila, Víct
Rafael Gustavo Fernández interpuso recurso de inconstitucionalidad por sentencia arbitraria contra la declaración de mal concedido de su recurso de apelación en causa de desalojo. La Sala I rechazó el recurso, considerando que los agravios son meras discrepancias con la valoración probatoria y que no constan pagos ni consignaciones de alquileres exigidos por el art. 394 C.P.C.
¿Quién es el actor?
Señor Rafael Gustavo Fernández (recurrente).
A quién se demanda (Demandado/parte contraria): Sra. Ada Rosa Vecile (parte actora en el principal).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de inconstitucionalidad por sentencia arbitraria contra la decisión de la Cámara que declaró mal concedido su recurso de apelación; impugnación por la supuesta falta de prueba sobre el precio y sobre la procedencia del desalojo.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó el recurso de inconstitucionalidad; se impusieron las costas al vencido y se difirió la regulación de honorarios hasta que sean regulados en las instancias anteriores.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En efecto, los términos del recurso no reúnen la entidad suficiente que permita desvirtuar los serios fundamentos dados por el a-quo. Surge evidente que los agravios resultan meras discrepancias con lo decidido y al respecto en reiteradas veces se ha expresado que… 'no puede apelarse a la causal de arbitrariedad para plasmar meras discrepancias de apreciación con el criterio observado por el inferior en la ponderación de la prueba y en la aplicación del derecho. Los fallos judiciales, es cierto, deben ser fundados y constituir derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las constancias acreditadas en la causa', '…la tacha de arbitrariedad no puede admitirse para corregir en esta instancia extraordinaria sentencias equivocadas o que considera como tal el recurrente por discrepar con la apreciación de las pruebas y la interpretación de las normas de derecho común aplicables al caso. Esta causal no se refiere a tales discrepancias, sino a desaciertos de gravedad extrema que descalifican el fallo como acto judicial'..."
"Ahora bien, la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial en la sentencia que se recurre declaró inadmisible el recurso deducido fundado en el art. 394 del C.P.C. ... En el caso, el quejoso pretende poner como defensa para que no proceda el desalojo, el hecho que no se encontraría acreditado el precio que duplicaría el establecido en el contrato, pero lo cierto es, que más allá de ello, no hay constancia de pago de ningún valor en concepto de alquiler, ni los que figuran por contrato, ni los que supuestamente pactaron y que ocasionaron el pedido de desalojo, ni vencimientos posteriores a la presentación de la demanda. Tampoco existe constancia de consignación judicial de los mismos. No puedo dejar de observar, que a la fecha el contrato estaría vencido (ver cláusula segunda del contrato -fs. 06- del principal). En consecuencia, no se advierte la existencia de exceso de rigor formal como lo alega el recurrente."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. del Campo votó y los Dres. Altamirano y Jenefes adhirieron; fallo por unanimidad.
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