Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en C-053.769/2015 (Tribunal del Trabajo -Sala II- Vocalía 5) enfermedad/Accidente de trabajo: Montaño, Víctor Hugo c/ Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A
El actor promovió recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que hizo lugar a la defensa de prescripción y rechazó su demanda por enfermedad/accidente de trabajo. El Superior Tribunal de Justicia confirmó la valoración probatoria del tribunal de grado, concluyendo que no existe arbitrariedad y que la acción estaba prescrita.
¿Quién es el actor?
Dr. Carlos Ariel Meyer, en representación del Sr. Víctor Hugo Montaño (recurrente).
¿A quién se demanda?
Provincia Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (parte demandada en el juicio originario).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reclamo por enfermedad/accidente de trabajo y reparación por las afecciones que motivaron una cirugía en 2015; impugnación de la resolución que hizo lugar a la prescripción y rechazó la demanda (sent. de 14/11/2019).
¿Qué se resolvió?
Rechazar el recurso de inconstitucionalidad; imponer costas por el orden causado; regular honorarios ($15.024 y $10.517 más IVA).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Sabido es que la tacha de arbitrariedad sólo se justifica en los supuestos de pronunciamientos dictados en apartamiento de las normas que rigen el caso, desprovistos de fundamento o emitidos en contradicción con las constancias de la causa."
"En los presentes obrados no se advierte que exista alguna de tales causales de arbitrariedad que justifique el remedio tentado ya que el sentenciante fundamenta su decisión en la valoración integral de la prueba obrante en los actuados de referencia en lugar de limitar su solución a los fundamentos expresados por la pericia médica pertinente, favorable al actor."
"Así, el tribunal de grado ha dictado la sentencia en crisis con fundamento en la totalidad de la prueba colectada, lo que le llevó a la convicción de que la patología denunciada como originada en el accidente de trabajo no tenía origen en el episodio en cuestión. Es decir, el sentenciante ha concluido que la cirugía y las afecciones sufridas por el actor no guardaban relación con el traumatismo acaecido en el año 2012. En otras palabras, aquellas son parte de un cuadro patológico más reciente."
"Una vez confirmada la razonabilidad de la valoración probatoria señalada, la defensa de prescripción deviene válida."
¿Cómo votaron los jueces?
El Dr. Federico F. Otaola votó en los términos anteriores; la Dra. María S. Bernal y el Dr. Sergio M. Jenefes adhirieron. No hubo disidencia.
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