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Cámara de Apelaciones

Ordinario por Daños y Perjuicios: Gutiérrez Diego Milton c/ Schutz, Fredy Rafael

Regulación de honorarios por demanda de daños y perjuicios; se fijan sumas concretas para los profesionales intervinientes. La Cámara Primera reguló honorarios a los Dres. Víctor Hugo Yampe ($37.493), Gloria M. Ivanovich ($20.247 + $1.879 por otra reclamación) y Gustavo Ibáñez ($16.000) y ordenó intereses conforme al criterio del STJ en Zamudio c/ Achi.

Fecha de la sentencia
Tribunal
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I (JUJUY)
Fuero
Cámara en lo Civil y Comercial -Sala I
Jurisdicción
Local · Jujuy
Expediente
B-193521/2008
Honorarios Regulacion Danos y perjuicios Ley 6.112 Interes tasa pasiva / activa Zamudio c/ achi Camara civil y comercial Base regulatoria $281.200 Intervencion capsap Notificacion por cedula

¿Quién es el actor?

Gutiérrez Diego Milton (actor en el expediente B-193521/08).

¿A quién se demanda?

Schutz, Fredy Rafael.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Demanda ordinaria por daños y perjuicios (ver fs. 8/12 con base regulatoria propuesta de $281.200 desagregada en daño emergente $20.000; incapacidad sobreviviente $200.000; daño psíquico $20.000; daño moral $40.000; lucro cesante $1.200).

¿Qué se resolvió?

La Sala Primera de la Cámara Civil y Comercial reguló honorarios profesionales y los importe ó se detalla a continuación; ordenó intereses desde las fechas indicadas y la intervención de organismos para su liquidación y notificación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Así planteada la cuestión resulta procedente regular los honorarios profesionales por la labor cumplida en el presente proceso de conformidad a las pautas legales de los artículos 23, 28 y ccs. de la Ley Nº 6.112 y la base regulatoria propuesta ( $ 281.200 que comprende: a) daño emergente: $ 20.000; b) Incapacidad sobreviviente: $200.00; c) Daño Psíquico: $ 20.000; d) Daño moral: $40.000; e) Lucro cesante: $1.200, de fs. 8/12)."

"Conforme a ello, regular los honorarios profesionales a los Dres. Victor Hugo Yampe en la suma de $ 37.493 (2/3 del 20%) y a Gloria Mabel Ivanovich y Gustavo Ibáñez en $ 20.247 y $ 16.00 (70%). Estas sumas serán pasibles del interés de la tasa pasiva hasta el 10/5/2011 y de ahí la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde la fecha de la estimación tomada como pauta (26/8/2006) y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere."

Bloque dispositivo final (texto literal):

"RESUELVE:

1. Regular los honorarios profesionales a los Dres. Victor Hugo Yampe en la suma de $ 37.493 y a Gloria Mabel Ivanovich y Gustavo Ibáñez en $ 20.247 y $ 16.000 (70%).

Estas sumas serán pasibles del interés de la tasa pasiva hasta el 10/5/2011 y de ahí la tasa activa del Banco Nación de conformidad al criterio establecido por el STJ en la causa Zamudio c/ Achi, desde la fecha de la estimación tomada como pauta (26/8/2006) y hasta su efectivo pago, más IVA si correspondiere.

2. Regular los honorarios profesionales por la Reclamación resuelta a fs. 41/42 a la Dra. Gloria Mabel Ivanovich en la suma de $ 1879 y al Dr. Victor Hugo Yampe en la suma de $ 1.312.

3. Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula. Dese intervención a la C.A.P.S.A.P. y Dirección Provincial de Rentas, a sus efectos, etc."

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